Los usuarios de telecomunicaciones en México han experimentado en periodos recientes una reducción en los precios de esos servicios, así como una mejora en las condiciones en su prestación. Ello consecuencia, por un lado, de la puesta en marcha de medidas regulatorias tales como la eliminación de la larga distancia nacional, a partir de la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) y, por otro, de las nuevas condiciones de oferta de los proveedores de servicios en el mercado.
Es así que desde diciembre del 2014, se identifica específicamente en el segmento de telefonía fija local una disminución significativa en el nivel de precios, reflejado en una contracción anual a diciembre del 2015 equivalente a 4.2% en el Índice de Precios al Consumidor en el componente de este servicio, caída que representa en promedio 84 veces más que aquella registrada en diciembre del 2013 y el 2014, con respecto a un año previo.
Esto tiene razón de ser a partir de la implementación de la interconexión asimétrica que permite a los operadores competidores enfrentar una tarifa cero en la terminación de llamadas de números fijos o móviles propios en la red del operador preponderante. Lo anterior se traduce en ofertas de servicios disruptivos de telefonía con llamadas locales ilimitadas a menores precios, tanto en el segmento de hogares como en el empresarial.
Estas nuevas condiciones competitivas han dado lugar a una alineación de los competidores en el segmento, incluso del operador preponderante, en una reacción explicada por la teoría económica como de agente seguidor, no así en condición de líder. No obstante, existen diferencias significativas entre los paquetes ofrecidos por el preponderante y los competidores. Por ejemplo, en el segmento empresarial, en el que si bien se contempla una oferta de llamadas ilimitadas dentro del territorio nacional bajo un consumo razonable del negocio y acorde a las necesidades del mismo, el preponderante no ofrece efectivamente esta condición “ilimitada” en el caso de llamadas a celulares.
Puesto que al analizar los términos y condiciones de los paquetes empresariales para el caso de Telmex, se estipula un consumo máximo de 1,000 minutos (aproximadamente 33 minutos diarios) a números con el prefijo de marcación 044 y 045. Es decir, que al exceder el número de minutos incluidos en el paquete, los excedentes se facturarán a una tarifa normal y vigente, con base en el paquete que el cliente tenga contratado. Oferta que resulta engañosa para los potenciales usuarios, quienes se encuentran en la búsqueda del operador que ofrezca las mejores condiciones de servicios.
Efectivamente, desde la entrada de la interconexión cero a favor de los operadores competidores, éstos han podido mejorar las condiciones de oferta del preponderante en beneficio de sus usuarios. El operador preponderante intenta replicar estas condiciones, aunque por la regulación asimétrica vigente simplemente se ve impedido, situación que incluso imposibilita mantener los elevados márgenes de ganancias que le son característicos.
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