Federico González Luna/ El Financiero.
Por fin el 18 de junio pasado se publicó la convocatoria que desvela los requisitos del procedimiento que servirá de base para seleccionar a las siete personas que tendrán la alta responsabilidad de ser comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Mucho revuelo ha causado entre los aspirantes, con sobradas razones.
La importancia del caso está dada por el hecho de que los comisionados que finalmente resultarán aprobados tendrán a su cargo un órgano con dos características sin precedentes: a) es autónomo desde el punto de vista constitucional, es decir, no responde al Ejecutivo Federal, ni a la SCT ni a la Secretaría de Gobernación ni, en general, a ningún otro ente público, y b) el nuevo organismo concentra todas las facultades regulatorias en materia de telecomunicaciones y radiodifusión del Estado mexicano.
Tendremos en México un organismo sin paralelo a nivel nacional e internacional, con facultades esenciales respecto de la administración de políticas públicas de enorme impacto sobre el desarrollo económico y social del país, del uso y asignación de bienes nacionales y del ejercicio de cuantiosos recursos públicos presupuestales. Un organismo que ejercerá facultades claves de gobierno sin ser parte del Gobierno Federal.
Un caso novedoso en derecho mexicano. El proceso de selección conlleva la actuación del Comité de Evaluación, del Presidente de la República y de la Cámara de Senadores. El primero integrará listas con tres a cinco aspirantes calificados (por cada uno de los siete cargos vacantes); el Ejecutivo Federal seleccionará uno de ellos para cada vacante y lo propondrá al Senado, y éste último aprobará o desechará las propuestas del Presidente. Cuando el Senado, en su caso, deseche alguna propuesta del Ejecutivo, éste tendrá derecho a seleccionar a un nuevo candidato de entre las listas que le haya presentado el Comité.
De manera excepcional para la integración de los primeros comisionados del IFETEL, este mecanismo de propuestas subsecuentes se realizará hasta por dos ocasiones, y el Ejecutivo podrá seleccionar directamente a la persona que ocupará el cargo de comisionado cuando el Senado deseche dos propuestas seguidas de una vacante determinada.
La convocatoria publicada es de buena confección y congruente con los pasos que deben seguirse conforme al mandato constitucional.
El proceso de integración de las listas se compone de cuatro etapas: registro de interesados; entrega y verificación de documentos; aplicación de un examen de conocimientos, y, finalmente, selección de aspirantes para integrar las listas que se enviarán al Ejecutivo Federal. El proceso concluirá, a más tardar, el 10 de agosto próximo. Hay tres aspectos que no podemos dejar de mencionar, sin embargo.
En primer lugar, al Comité se le pasó la mano. Exige algunos requisitos sin sustento alguno, como el reporte de crédito especial expedido por alguna sociedad de información crediticia (en ningún caso el Constituyente incluyó este requisito sabedor de cómo se las gastan muchas instituciones de crédito), cartas de no antecedentes penales, constancia de no inhabilitación expedida por la Secretaría de la Función Pública, o la absurda exigencia de que se trate de ciudadanos mexicanos que no hayan adquirido otra nacionalidad, lo cual vulnera la legislación en materia de doble nacionalidad.
En segundo lugar, el hecho de que los aspirantes no tendrán (en principio) medio de defensa alguno contra cualquier acto o resolución del Comité, lo que, si bien está previsto así en la Constitución, no puede dejar de destacarse ante la vulneración del elemental derecho humano de defensa.
Y en tercer lugar, el carácter marcadamente cuantitativo del proceso, comprensible por el hecho de que el Comité trató de evitar complicarse la vida con la evaluación de aspectos subjetivos, no obstante que muchas veces son los que realmente permiten la mejor calificación y selección de candidatos.
Ya empezó a correr el agua. Nuestros mejores deseos por el éxito del proceso.
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