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Separación disfuncional para simular condiciones competitivas

2020.02.06

Recientemente, venció el plazo para que las subsidiarias del agente económico preponderante en telecomunicaciones, América Móvil (Telmex y Telnor), completaran la transferencia de personal para conformar la entidad que proveerá servicios mayoristas a sus competidores en el segmento fijo.

Tan sólo unos días antes, el pleno del IFT resolvió aprobar un esquema de transferencia que permitiría que “para aquellos trabajadores sindicalizados que en su momento lleven a cabo funciones asociadas a los servicios que prestarán las empresas mayoristas surgidas de la separación se emplee el esquema de prestación de servicios, mientras que para los trabajadores no sindicalizados o de confianza sea el esquema de sustitución patronal”.

Si bien, a decir del regulador, este esquema no genera cargas adicionales al preponderante y asegura la independencia del personal y de la nueva entidad mayorista, el personal sindicalizado continuará subordinado a Telmex, no así a la empresa mayorista, y no prestará servicios profesionales a otras empresas que no sean ésta última. Esto constituye un caso paradójico y de flagrante simulación de separación.

En la experiencia internacional, la separación funcional como medida conductual busca generar incentivos para que el preponderante ofrezca sus servicios mayoristas de compartición de infraestructura pasiva y desagregación de la red local en condiciones competitivas y no discriminatorias a sus competidores en el segmento minorista. Pero en este esquema de transferencia de personal referido no se garantiza la independencia de recursos para que la separación cumpla con su cometido.

En otras palabras, más que una separación funcional, se trata de una separación disfuncional.

Las lecciones de implementación que han tenido lugar en distintos mercados, como en el caso de British Telecom en Reino Unido, advierten que esta disposición ayuda a nivelar el terreno competitivo del mercado, pero requiere de medidas complementarias.

Aquí los críticos y los combatientes de la separación funcional están en lo correcto, pero en el sentido de que, para alcanzar la tan evasiva competencia efectiva, se debe optar por una separación estructural, a modo de leapfrogging regulatorio. He ahí la recomendación basada en la experiencia internacional, a propósito de esta segunda revisión y resolución próxima a publicarse por el IFT. Esta medida sí ha probado, efectivamente, la generación de condiciones favorables e incluso suficientes de operación en las divisiones mayorista y minorista. Ello, al constituir dos segmentos divergentes tanto en términos de administración como en decisiones de inversión y, al mismo tiempo, reducir significativamente la carga regulatoria aplicable. Tales han sido los resultados en casos como el de Telecom New Zealand y O2 de República Checa.

La conveniencia de aplicar (¡desde ya!) la separación estructural en el mercado mexicano estriba en dejar atrás el rezago de casi tres décadas con respecto a referentes internacionales previos de esfuerzos aceleradores de la competencia efectiva.

De acuerdo con el IFT, con la transferencia de personal se completa un hito más para completar la separación funcional ordenada hace tres años, en la primera revisión sobre la efectividad de las medidas de preponderancia.

En ella se estableció un plazo de dos años para su realización, mismo plazo en el que en caso de no avanzar a la separación estructural, sólo se vislumbraría un caso de simulación con la separación funcional que poco abonaría a las condiciones competitivas en la provisión de servicios de telecomunicaciones en México.

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