El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó en el Diario Oficial de la Federación del 7 de marzo del presente año, la convocatoria a la licitación pública para otorgar concesiones para la prestación del servicio público de televisión radiodifundida digital, a efecto de formar dos cadenas nacionales de televisión.
Se trata de un paso importante en la radiodifusión del país que traerá mayor competencia y pluralidad de contenidos en la televisión abierta.
Estas dos cadenas privadas se verán, además, complementadas con una tercera cadena pública nacional, de fines culturales, cívicos, educativos, y que por ley deberá dar espacio a la producción independiente.
Tres nuevas cadenas de televisión abierta.
Existen, sin embargo, ciertos inconvenientes que pudieran poner en riesgo o disminuir el beneficio de derivado de las dos nuevas cadenas privadas, según se desprende de las bases de la licitación pública: en primer lugar, que podrá haber un solo ganador de las dos nuevas cadenas y, en segundo término, que los interesados podrán seleccionar las zonas de cobertura de su interés a fin de integrar cada cadena nacional.
Un solo ganador de las dos nuevas cadenas de televisión afecta los fines de pluralidad y de mayor competencia. La reforma constitucional habla de, al menos, dos nuevas cadenas con cobertura nacional, bajo los principios de funcionamiento eficiente de los mercados, máxima cobertura nacional de servicios, derecho a la información y función social de los medios de comunicación.
No sólo el mercado pierde sino también las audiencias, ya que de facto sólo habría un segundo operador oferente.
La posibilidad de que los participantes puedan seleccionar las zonas de cobertura, por otra parte, tiene igualmente implicaciones de competencia en perjuicio de los televidentes: la oferta de los participantes previsiblemente será discriminatoria de ciertas zonas de menor rentabilidad a las que se dejará desprovistas de servicio (en el mejor de los casos en una primera etapa).
Más delicado podría resultar que al otorgarse a los participantes el derecho de elegir la cobertura, se genere un incentivo para que los interesados se pongan de acuerdo sobre las zonas en las que desean prestar el servicio de televisión (aun cuando las propias bases de i licitación, en su numeral 9, prohíben las prácticas monopólicas o de colusión; donde haya intercambio o acuerdo sobre las ofertas de cobertura).
Las posibilidades enunciadas no son lejanas, por lo que IFT tendrá una gran tarea a fin de asegurar que haya al menos dos cadenas de televisión auténticamente nacionales, como lo refiere la Constitución en la fracción II del artículo octavo transitorio de la reforma constitucional del once de junio de dos mil trece, y que el procedimiento para lograrlo sea transparente, abierto, y que asegure debidamente a la población que tendrá mayores y mejores opciones para sintonizar en su televisor.