El artículo 5 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, establece que la instalación, operación y mantenimiento de infraestructura destinada al servicio de las redes públicas de telecomunicaciones, las estaciones de radiodifusión y equipos complementarios, se considera de interés y utilidad públicos.
La prioridad que la legislación vigente otorga al despliegue de infraestructura básica para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, no es nueva. De hecho, en materia de vías generales de comunicación, como son las carreteras, los aeropuertos, las vías férreas, los puertos y las redes de telecomunicaciones, la infraestructura que las conforman, desde siempre, ha sido considerada de interés público y sujeta a una regulación específica.
La infraestructura es un elemento indispensable para definir el grado de desarrollo y la competitividad de las economías modernas. A pesar de avances significativos, nuestro país mantiene un déficit importante de infraestructura básica en diversos órdenes, dentro de los cuales se ubican las telecomunicaciones.
La legislación emanada de la reforma a la Constitución Política en materia de telecomunicaciones, competencia económica y radiodifusión, además de reiterar frases sacramentales en torno a la importancia del despliegue de infraestructura básica sujeta a la jurisdicción federal, introdujo conceptos y preceptos concretos con la finalidad de atender en los hechos esta situación. Dicho de otra forma, se podría considerar que el nuevo orden jurídico reconoce de manera expresa un problema evidente proporcionando fórmulas y medidas concretas que buscan paliarlo o inclusive abatirlo en el largo plazo.
A nivel federal, diversos son los proyectos definidos por la reforma constitucional. Destacan el denominado “México Conectado” que busca llevar conectividad de banda ancha en donde las condiciones de mercado no han llegado; la ampliación y optimización de la red troncal instalada por la Comisión Federal de Electricidad y cuya operación ha sido encomendada a Telecomm; la transición de la televisión analógica a la televisión digital terrestre, concluida a partir del denominado “apagón analógico” el pasado 31 de diciembre, así como la gran apuesta en que se ha convertido la red compartida mayorista que será desplegada en el banda de 700 MHz, con la intención de generar a una “red de redes” móvil que preste servicios no discriminatorios a otros operadores, tanto existentes como futuros.
A pesar de lo anterior, el centro de la problemática es otro. De hecho, resulta común para muchos de los proyectos enunciados en el párrafo anterior, así como para prácticamente cualquier plan que se desarrolle por entes privados: la falta de definición de normas estandarizadas, razonables y de aplicación general que permitan el despliegue oportuno de infraestructura en todo el territorio nacional, satisfaciendo, claro está, el interés público correspondiente a la normatividad en materia de desarrollo urbano emitida por gobiernos estatales y municipales.
La apertura del sector de las telecomunicaciones a la inversión privada y a la plena competencia se presentó hace más de dos décadas. Durante este lapso, ha quedado más que claro que los obstáculos a nivel municipal que enfrentan los nuevos operadores es la principal barrera de entrada para el desarrollo de sus actividades. Es tiempo de resolver este pendiente de fondo, si lo que se quiere es que los objetivos de cobertura y servicio universal que establecen las normas, finalmente se materialicen.