Después de un procedimiento largo y complejo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) anunció la semana pasada, que concluyó con la revisión de la efectividad de las medidas de preponderancia, que impuso a los agentes que revisten tal carácter en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
La “preponderancia” es un concepto pro-competencia que fue introducido a nuestro marco legal en la reforma a la Constitución Política en esta materia. De acuerdo con el decreto de reformas, “se considerará como agente económico preponderante, en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor al cincuenta por ciento, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas”.
Es así como en marzo de 2014, el IFT declaró como agentes económicos preponderantes en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, respectivamente, a diversas empresas relacionadas con los grupos de interés económicos al que pertenecen Telmex y Telcel, por una parte, y a Grupo Televisa, por la otra. Estos agentes económicos, dado su poder de mercado y la capacidad de influir en su respectivo sector (telecomunicaciones o radiodifusión), fueron sometidos a una regulación asimétrica o ad hoc respecto del resto de sus competidores hace más de dos años.
En términos de la resolución respectiva, el órgano regulador de las telecomunicaciones y la radiodifusión en México, desahogó un procedimiento para revisar la efectividad de las medidas impuestas y, como conclusión del mismo, anunció que la regulación habrá de mantenerse y fortalecerse.
La resolución del Instituto deberá ser analizada de manera cuidadosa, sin embargo, de la información que ha sido revelada hasta el momento, se advierte la adopción de medidas sustanciales y pertinentes para atender una realidad sabida del mercado mexicano, consistente en su extrema concentración. En este orden de ideas, el fin último de las medidas y regulación asimétrica, en materia de preponderancia debe ser lograr la reducción de la participación de mercado de los agentes preponderantes, en su respectivo sector.
Una de las acciones que, sin duda, ha generado mayores expectativas, es la relativa al uso de la herramienta se “separación funcional” prevista en la legislación, la cual se aplicará respecto de la infraestructura de acceso local, propiedad de Telmex y su empresa hermana Telnor.
El IFT, con la finalidad de garantizar el acceso eficiente a la infraestructura fija y considerando experiencias internacionales, ha ordenado la separación funcional de Telmex/Telnor para crear una empresa que prestará exclusivamente servicios mayoristas, relacionados con el acceso local, empresa que presuntamente tratará al negocio de la propia Telmex/Telnor como un cliente más, en igualdad de condiciones que el resto de los competidores. A efecto de lograr lo anterior, la nueva empresa deberá tener órganos de decisión, administración y gobierno corporativo independientes, y conducirse como una entidad separada.
La efectividad de la medida señalada anteriormente, así como del resto de la regulación asimétrica, dependerá de su adecuada instrumentación y de las herramientas que el IFT emplee, para la supervisión de su efectivo cumplimiento.