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No discriminación

Como fue comentado en el presente espacio, la resolución emitida por el IFT en días pasados al concluir el procedimiento de revisión de la efectividad de las medidas impuestas en marzo del 2014 al grupo económico al que pertenecen Telmex y Telcel, dada su condición de agentes económicos preponderantes en el sector de las telecomunicaciones, debe ser analizada de manera cuidadosa.

Este análisis no constituye una labor sencilla, si se atiende a la extensión (1,483 páginas) y complejidad del documento en cuestión. La versión pública de la resolución ya puede ser consultada por cualquier persona en la página web del instituto (www.ift.org.mx).

Las nuevas medidas requerirán de la ejecución de otros actos para su debida instrumentación, con lo cual se abre un nuevo compás de espera, durante el cual el trabajo regulatorio continuará, a partir de los principios sentados en este importante pronunciamiento del regulador de las telecomunicaciones.

Es así como, por ejemplo, la publicación de los elementos para corroborar la replicabilidad técnica que deben cumplir las ofertas de servicios mayoristas de Telmex, se sujetó a un plazo máximo de 120 días hábiles, contados a partir de la notificación de la nueva resolución. Dentro del mismo plazo, el IFT habrá de publicar la metodología de replicabilidad económica de las tarifas de los servicios mayoristas del propio operador, con el fin de determinar si las mismas cumplen con este principio. Un plazo más amplio al anterior, habrá de transcurrir para la instrumentación de la “separación funcional” que Telmex debe llevar a cabo, a efecto de prestar diversos servicios mayoristas relacionados con su infraestructura de acceso, a través de una nueva empresa regulada, así como de una división mayorista específica a su interior.

Justo es señalar, entonces, que los ajustes a las condiciones del mercado, derivados de la aplicación de las nuevas medidas, serán paulatinos y graduales. No obstante ello, desde ahora puede advertirse como positivo el enfoque no discriminatorio de algunos de los conceptos clave que fueron introducidos, o puntualizados por el IFT en la regulación de los agentes económicos preponderantes.

Tal es el caso de tres conceptos, como son el principio de la equivalencia de insumos, la replicabilidad técnica y la replicabilidad económica. La equivalencia de insumos implica que la prestación de los servicios mayoristas que Telmex ofrece a sus competidores, se realice con el mismo grado de información con que dicho agente cuenta para sus propias operaciones, así como en los mismos términos y condiciones, niveles de precios y calidad de servicios, plazos sistemas, procesos y grado de fiabilidad. En suma, con reglas equivalentes y equitativas para todos los participantes del mercado.

Por otra parte, los principios de replicabilidad técnica y económica apuntan a que, a partir del uso de los servicios mayoristas que ofrece el preponderante, sus competidores puedan ofrecer de manera efectiva servicios que compitan técnica y económicamente con los que ofrece dicho agente.

La forma en que los principios anteriores y algunas otras herramientas paralelas, se materialicen en los actos regulatorios pendientes de ejecución, así como en su posterior aplicación y verificación por parte del regulador mexicano, determinará en buena medida el grado de avance hacia la consecución de la anhelada “competencia efectiva” en el mercado de las telecomunicaciones de nuestro país.

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