2017-12-18
Si una persona se siente desprestigiada por un “meme”, podría presentar una demanda civil para reparación del daño
El jueves de la semana pasada se aprobó en la Cámara de Diputados una reforma a la fracción I del artículo 1916 del Código Civil Federal para sancionar e incorporar entre los actos causantes de reparación de daño moral aquellas comunicaciones vía medios tradicionales o electrónicos que pudieran “causar deshonra, descrédito, perjuicio o exponer al desprecio de alguien”.
Esta modificación, la cual aún tiene que ser aprobada por la Cámara de Senadores, pretende incluir nuevas maneras por las que se puede lesionar o atentar contra la dignidad, prestigio o autoestima de las personas, por ejemplo, a través de redes sociales. De identificarse la ilicitud y daño por la conducta realizada, la sanción será estimada en términos monetarios.
En otras palabras, si una persona se siente desprestigiada por un meme podría presentar una demanda civil para reparar el daño generado. Ello basa su lógica en que a pesar de que “la libertad de expresión debe privilegiarse respecto de otros derechos”, ésta no es de “carácter absoluto, si no encuentra su límite en el derecho al honor y a la imagen”, de acuerdo con la Iniciativa de Reforma.
Es importante recordar que los medios tradicionales (radio, TV, periódicos, etc.) tienen una dinámica muy diferente a la de los medios digitales (Redes Sociales, blogs, etc.) los cuales habilitan que cada ciudadano tenga la posibilidad de comunicarse con miles o millones de personas en México y el mundo.
Es deseable que se busque proteger a las personas de calumnias y salvaguardar la honorabilidad de su nombre, sin embargo, el tratar de simplemente extender una regla para medios que se comportan totalmente diferente, puede llevar a la pérdida de ciertas libertades de las cuales gozamos en internet.
Si dicha modificación es aprobada por el Senado, estaremos atentando directamente contra la libertad de expresión, así como afectando el dinamismo de internet con el cual se ha caracterizado. Una acción de dicha naturaleza me parece peor que el delicado tema de la neutralidad de la red.
¡Que vengan las demandas al por mayor!
NEUTRALIDAD DE LA RED…
No hay plazo que no se cumpla y también el jueves de la semana pasada, la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC por sus siglas en inglés) votó a favor de eliminar la neutralidad de la red.
¿Ahora qué va a pasar? Para empezar, en México nada. Que en Estados Unidos se haya eliminado no quiere decir que aquí la vayamos o tengamos que eliminar. Habrá que darle seguimiento de cerca al tema ya que si contrario a lo que se piensa, las ofertas comerciales no cambian drásticamente en contra de los usuarios, nuevas empresas siguen apareciendo y compitiendo y por el contrario se incentiva la inversión en más y mejores redes, entonces sí tendremos que poner el tema a discusión en México. ¡Felices fiestas!