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Libertad de expresión y Poder Legislativo

2020.01.24

El 2020 será un año intenso para la libertad de expresión y el derecho a la información en México, ya que en los distintos poderes públicos habrá definiciones en estas materias, particularmente, en el ámbito legislativo, preocupan la minuta en materia de violencia política que puede inhibir el debate político y la libre circulación de información en aquellos casos donde participen mujeres, llegando al extremo de revocar concesiones de medios.

Así también, se debe tener mesura y análisis con la regulación del derecho al olvido en internet, lo que podría afectar la libertad informativa y censurar hechos que deben ser conocidos por la población; si bien una persona puede solicitar que se “borre” de internet una noticia o hecho cierto por afectar a su imagen.

Este es un derecho clave para la sociedad digital, ya que de acuerdo a las referencias internacionales su funcionamiento ha sido resuelto por sentencias particulares, no por leyes.

El derecho a ser olvidado fue establecido por la Corte de Justicia de la Unión Europea en 2014, tras el caso del español Mario Costeja González, quien le pidió a Google que eliminara información sobre su historial financiero.

También se encuentra el caso en 2018, de un empresario inglés que le dio la razón los Tribunales del Reino Unido de borrar su historial por delitos relativos a intercepción de comunicaciones. Así que el tema no es fácil.

Hace unos días, llamó la atención la “filtración” de una supuesta reforma al sistema de justicia penal, cuyos textos provocaron que se pospusiera su presentación formal, mediante una acción estratégica del Presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, al dar pausa y dejar claro la apertura al análisis.

La “supuesta” reforma pretendía revivir los tipos penales de calumnia y difamación que fueron derogados precisamente por afectar la libertad de expresión, como muestra, en el proyecto de Código Penal Nacional en el artículo 468 se denominan como “Delitos contra la Justicia Cívica”. Otra joya en el proyecto filtrado, es el delito de “vigilancia ilícita de servidores públicos”, por lo que si un medio de comunicación o un reportero graba a un policía y se desprenden datos de su labor podría ameritar prisión.

Al respecto hay que hilar muy fino para distinguir entre lo que vulgarmente se llama “halconeo” y la libertad de la labor periodística. Igual señala que habrá sanciones penales para los operadores de telecomunicaciones que se “resistan o se nieguen” a colaborar en materia de geolocalización.

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