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La pirámide de las telecomunicaciones

Rodrigo Pérez-Alonso

Excélsior

En la mayor parte de las escuelas y facultades de derecho de nuestro país es común que se enseñe sobre la jerarquía de las normas y se compare con una pirámide. Arriba de dicha pirámide, en el primer nivel, está la Constitución, en el segundo las leyes y los tratados internacionales, posteriormente los reglamentos y así sucesivamente. Sin embargo, la realidad es que nuestro sistema jurídico ya no parece tanto una pirámide, sino únicamente en sus primeros niveles. Después de éstos, el sistema se convierte en un híbrido con distintas normas que incluso se pueden llegar a contradecir unas a otras. Encontramos lineamientos, circulares, acuerdos, resoluciones, normas generales y demás instrumentos que conforman la mayor parte del sistema jurídico.

 

Justamente es lo que sucede con las normas en materia de telecomunicaciones: tenemos un sinfín de normas emitidas por autoridades administrativas fuera del proceso legislativo, lo que se deberá de tomar en cuenta dadas las recientes reformas constitucionales. Ayer, las legislaturas locales de 18 estados aprobaron las reformas, por lo que ya se cuenta con la mayoría necesaria, de acuerdo con el artículo 135 Constitucional, para que el Congreso haga el cómputo y la declaratoria y, posteriormente, se promulgue, publique y entre en vigor la reforma. Es muy factible que en este mes se pudiese concluir el proceso legislativo y tengamos un nuevo marco constitucional en esta materia.

 

Sin embargo, faltan aún los siguientes escalafones de la pirámide, empezando por la nueva ley de telecomunicaciones y radiodifusión que se deberá presentar y discutir en el Congreso de la Unión. El artículo transitorio cuarto de la reforma señala que el Congreso debe expedir una ley única y convergente de telecomunicaciones y radiodifusión dentro de 180 días, pero la mayor parte de la aplicación y perfeccionamiento de esta reforma en el ámbito regulatorio se dará en el marco inferior de la pirámide. No obstante, la ley será fundamental para aterrizar aún más la reforma desde una óptica de política pública.

 

Así, en el diseño más fino de la política pública a nivel legal y la regulación en instrumentos inferiores se deberán considerar varios temas; entre ellos, la composición orgánica y las facultades del IFT para emitir justamente este tipo de normas inferiores y hacerlas obligatorias y eficaces, algo que la Cofetel no pudo hacer a raíz de los incesantes litigios del sector. Lo anterior sin olvidar que todas las normas que contradigan al nuevo ordenamiento constitucional -como el caso de los límites de inversión extranjera en telecomunicaciones y radiodifusión en la Ley de Inversión Extranjera- deberán ser modificadas para reflejar esta nueva realidad normativa.

 

En ese sentido, se sembraron los cimientos para la nueva pirámide legal del nuevo sistema normativo de las telecomunicaciones, pero la responsabilidad no se detiene ahí: en los próximos meses iremos construyendo todos los demás pisos.

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