2019-06-19
Una vez más, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) nos ha sorprendido con su siempre valiente ejercicio de la autonomía constitucional que el pueblo mexicano le otorgó con la reforma de 2013. El Pleno del Instituto, en su sesión del 10 de abril de 2019, aprobó por unanimidad el otorgamiento de dos concesiones para uso social a La Visión de Dios, A.C., que le permitirán explotar la frecuencia de 101.9 MHz del espectro radioeléctrico, para operar una estación de radio, en Mérida, Yucatán.
Al tratarse de concesiones para uso social, La Visión de Dios no tuvo que participar en licitación alguna para aprovechar el espectro radioeléctrico. Además, como en toda concesión única, la asociación podrá prestar en el futuro todos los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión que sean técnicamente factibles, pero “con propósitos culturales, científicos, educativos o a la comunidad, sin fines de lucro”, según la condición 1.5 del título de concesión respectivo.
Naturalmente, las principales asociaciones y especialistas del sector reaccionaron de inmediato ante la resolución del IFT, argumentando con justa razón que la misma violaría la prohibición del artículo 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, que proscribe la posesión o administración de concesiones para la explotación de estaciones de radio, televisión o cualquier tipo de comunicación por parte de las asociaciones religiosas, ya sea por sí mismas o por interpósita persona.
El IFT, ante tan aventuradas “suposiciones y conjeturas”, aclaró en una nota informativa en sus redes sociales que revisó con lupa, renglón por renglón, las 14 páginas completas del Directorio de Asociaciones Religiosas del Estado de Yucatán de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y que no hay de qué preocuparse: la exhaustiva investigación arrojó como resultado concluyente e irrebatible que La Visión de Dios no aparece en la lista.
Basta de hacer tormentas en un vaso de agua porque, lo crea usted o no, La Visión de Dios respetará como concesionaria el principio de laicidad tanto del Estado como de la propia educación, que el artículo 6º de la Constitución prevé específicamente como uno de los objetivos principales de la radiodifusión en México.
Parece broma que un organismo constitucionalmente autónomo, con facultades amplísimas como las que tiene el IFT, se escude ahora en una justificación que no aguanta la prueba de la risa, argumentando que su labor se cumplió con revisar el directorio de asociaciones religiosas de la SEGOB, y que la aplicación de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público no es de su competencia. La nota informativa del IFT, lejos de aportar elementos jurídicos que aclaren lo que sea que pasaba por la mente de los comisionados para no cuestionar un posible propósito religioso “oculto” tras La Visión de Dios, más bien parece un intento desesperado de arrastrar a la SEGOB y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a los reflectores del escrutinio público.
Está muy claro, señores: otorgar una concesión a una asociación religiosa registrada es ilegal; otorgarla a una no registrada es peor. Independientemente de que sea la SEGOB la encargada del registro de asociaciones religiosas, y de supervisar el cumplimiento de dicha obligación, el IFT tiene la obligación de asegurar que en el otorgamiento de las concesiones se respeten los principios previstos por la Constitución y la legislación, incluyendo desde luego la laicidad del Estado, así como la diversidad, pluralidad y no discriminación, particularmente en concesiones para uso social que tienen propósitos educativos y culturales. El IFT tenía que haber revisado a profundidad el proyecto propuesto por La Visión de Dios, evaluando incluso la programación a transmitir, y requiriendo al solicitante toda la información adicional que fuera necesaria para asegurarse de lo anterior.
Por el contrario, en medio de un ambiente político que la nueva administración ha venido matizando con tintes religiosos cada vez más notorios, el IFT decidió otorgar dos concesiones a La Visión de Dios, sin mayor investigación que la simple revisión de su registro ante la SEGOB. Me permito retar, tanto al IFT como a los apreciables lectores de este espacio, a revisar las transmisiones de La Visión de Dios, a ver si realmente son libres de contenidos religiosos o políticos.