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“La ley es la ley”, según quién

vía El Sol de México.

En México se está haciendo costumbre las interpretaciones legales a modo o por omisión o por quedar bien. Y esa frase de que “la ley es la ley”, parece ya más una forma de justificar decisiones desacertadas. Para no ir muy lejos, lo que anunció hace unos días el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) al otorgar una concesión a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para ser una red mayorista a fin de arrendar capacidad de red, infraestructura y servicios de telecomunicaciones a otros concesionarios y autorizados.

Para entender el tamaño de la inconstitucionalidad que hizo el IFT, la reforma de telecomunicaciones de 2013 entendió claramente cual era la función de la CFE que es prestar servicios eléctricos, pudiendo arrendar su infraestructura para servicios de telecomunicaciones.

Por tal motivo, a Telecomunicaciones de México (TELECOMM) la CFE le cedió su concesión de red pública de telecomunicaciones, para promover el acceso a servicios de banda ancha, a través de una robusta red troncal de telecomunicaciones de cobertura nacional, conforme a lineamientos y acuerdos emitidos por el IFT.

¿Qué ha pasado en estos años y días? TELECOMM se convirtió en “Financiera para el Bienestar”, dejando de lado su misión constitucional en telecomunicaciones para dedicarse a la dispersión de ayudas del gobierno como manejar las remesas de los paisanos y otorgar microcréditos, violando el Artículo 15º Transitorio de la reforma constitucional de telecomunicaciones, pese a que al IFT le corresponde la regulación de TELECOMM y tenía que emitir lineamientos para ello, como bien apuntó el especialista Gerardo Soria.

En cuanto a CFE ahora tiene dos concesiones para seguir prestando servicios de telecomunicaciones, una a través de su empresa subsidiaria “CFE Telecomunicaciones Internet para Todos” y otra que el IFT recién le otorgó el 3 de marzo pasado para ser red mayorista, la que no podrá ofrecer directamente servicios a usuarios finales, conforme a la limitante que le impone la legislación secundaria.

Si CFE previamente había intentado prestar servicios de telecomunicaciones sin éxito y la Constitución en 2013 ordenó que no fuera así, ¿cuál es la razón de que el IFT le otorgue una nueva concesión?, ¿cómo es que una decisión administrativa pretende revertir el mandato constitucional?; si legalmente la fibra óptica de CFE se afectó a la Red Compartida, ¿cómo podrá ahora arrendarla a otros?, ¿cuál es la lógica de una nueva red mayorista que no prestará servicios al usuario final, cuando Altan se queja de que no es viable por tal restricción?

Por lo visto, el regulador sigue en la lógica de evitar confrontaciones con el Ejecutivo pese a la Constitución y abre un nuevo mecanismo que justifique canalizar recursos públicos a fines ajenos a las telecomunicaciones. Más allá del concierto de inconstitucionalidades, conocemos de las ineficiencias de empresas gubernamentales, se retrasará la conectividad y continuará el desperdició recursos públicos. Pero “la ley es la ley”, según quien la aplica.

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Gerardo Soria Gutiérrez Es abogado y consultor en derecho especializado en telecomunicaciones de México. Licenciado en Derecho, summa cum laude, por la Universidad Iberoamericana...