2017-11-29
El día de ayer, diversos periódicos publicaron que una propuesta de los Estados Unidos para incorporar al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) diversas disposiciones esenciales de la reforma en telecomunicaciones de México había impedido llegar a un acuerdo respecto del capítulo de telecomunicaciones en la ronda que acaba de concluir. Los más exagerados señalan que la intención de los Estados Unidos de incorporar elementos de la reforma al TLCAN era una “carta a Santa Claus” para afectar los intereses de Carlos Slim.
Me parece que la preocupación estadounidense debería hacernos preguntar por qué quieren incorporar al tratado lo que ya está en la Constitución y las leyes mexicanas. Quizá la certeza jurídica que debería imperar en nuestro país no es tan sólida como debiera ser, y quizá las extrañas resoluciones de la Suprema Corte que limitan la facultad legislativa del Congreso de la Unión e instruyen al IFT sobre la forma en que debe regular a América Móvil, atribuyéndose a sí misma las facultades legislativas de las que despojó al Poder Legislativo Federal, les hagan desconfiar de la imparcialidad de nuestras instituciones cuando se trata de los intereses del hombre más rico de México.
Un requisito indispensable para promover la inversión, tanto nacional como extranjera, es la certeza jurídica. Recordemos que uno de los principales objetivos de la reforma fue fortalecer el andamiaje jurídico que hasta entonces había sido ineficaz para controlar el poder monopólico de América Móvil, que detentaba y detenta más de dos terceras partes de todo el sector telecomunicaciones. Con esa promesa, la inversión extranjera directa en el sector creció exponencialmente, y es claro que no se pueden cambiar las reglas del juego a tan sólo cuatro años de una reforma que se pensaba sólida y duradera. Aparentemente, lo que molestó a la delegación mexicana fue que se quisiera incorporar la reforma como compromisos de México y no como obligaciones de los tres países en el texto del capítulo 13 del TLCAN. Sin embargo, es imposible pasar por alto que la concentración del sector en México es muy superior a las que existen en los Estados Unidos y Canadá, por lo que es natural tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales. En pocas palabras, las condiciones de competencia en los sectores de telecomunicaciones de nuestros vecinos del norte son diametralmente opuestas a las que tenemos en México.
Me lo dijo un pajarito, pero aparentemente lo que propuso Estados Unidos fue que (i) las tarifas máximas de interconexión sean suficientemente asimétricas de manera que se atiendan los problemas estructurales de un mercado con alta concentración; (ii) el IFT exija y supervise que el preponderante ofrezca a los competidores el acceso a los elementos de su red de manera desagregada, así como la compartición de su infraestructura pasiva, cobrando por dichos conceptos el costo incremental de largo plazo puro; (iii) el preponderante tenga prohibido discriminar entre el tráfico dirigido a usuarios de su propia red y el tráfico dirigido a usuarios de otras redes, y (iv) ninguna autoridad, incluyendo las federales, estatales, municipales y organismos autónomos, imponga en sus bases o lineamientos para la contratación de servicios de telecomunicaciones, requisitos que materialmente sólo puedan ser cumplidos por el agente económico preponderante, y en consecuencia impliquen la descalificación automática del resto de los competidores.
Como puede ver, la propuesta de los Estados Unidos no implica reinstalar la mal llamada “tarifa cero”, y se limita a repetir algunos de los elementos esenciales de la reforma constitucional en telecomunicaciones. Si nuestro sistema jurídico ya contiene estas obligaciones, no veo por qué la reticencia de la delegación mexicana para aceptar compromisos que ya tenemos. Al contrario, podríamos aprovechar la coyuntura para negociar la posibilidad de que México regule las aplicaciones que utilicen la plataforma de Internet para recabar, tratar o transferir datos personales de mexicanos; para obligarlas a cumplir con las leyes mexicanas en materia de protección a los consumidores, y para cobrar impuestos cuando tengan una fuente de ingresos en territorio nacional, cuando menos. Todo esto, de importancia capital, sigue en el aire y debería ser atendido, en lugar de quemarse en infiernitos.