2020.11.06
Vía El Sol de México
No se trata de crear una serie de ciencia ficción, ni amarrar navajas, ni descubrir el hilo negro. La realidad es que ya se llegó a un punto donde la alta concentración y la falta de medidas legales de parte de las autoridades competentes contra el agente económico preponderante en telecomunicaciones (AEPT), no ocurren. Aquí, los hechos.
Llama la atención que la Procuraduría Federal del Consumidor hasta el momento sólo haya iniciado una acción colectiva en contra del AEPT cuando la falta de cobertura, la caída de llamadas, intermitencias en el servicio de internet, cobros indebidos, exigencia de fianzas por el uso del equipo, plazos forzosos, ventas atadas, equipos bloqueados es la constante; además de que algunas son prácticas que mantienen cautivo al usuario, todo lo anterior en perjuicio de la gran mayoría de consumidores de telefonía.
Tal pareciera que la autoridad encargada de la protección de los derechos de los consumidores procura los derechos del preponderante, sobre todo si se considera que Telcel controla casi el 77% del total de minutos de telefonía móvil y Telmex domina el mercado de telefonía fija, por lo que sería lógico que, ante un mayor número de quejas dado el mero volumen de usuarios, la autoridad hubiese iniciado acciones más contundentes en favor de los usuarios.
Un dato revelador, lo tenemos conforme al 2º Informe Trimestral Soy Usuario de 2020 del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), donde se reportaron 7,348 inconformidades, lo que representa un aumento del 46.9% respecto del trimestre anterior (5,003), y resulta que Telmex tuvo 2857 quejas y Telcel 618, lo que en conjunto representa el 47% del total, casi la mitad de las inconformidades, y aun así, la autoridad procuradora del consumidor no ha iniciado ninguna nueva acción colectiva.
Por otra parte, tal pareciere que el trato amable del Gobierno al AEPT no sólo se circunscribe al nulo impulso de acciones colectivas en su contra, ya que en reciente foro organizado por el IFT se señaló que el 82% de los contratos gubernamentales en telecomunicaciones se asignaron de manera directa y sin licitación; de ellos, casi el 62% fueron precisamente para el preponderante.
Así las cosas, sólo un operador en el mercado es rentable y “ganón”, con un IFT complaciente sin aplicar medidas y una Procuraduría en el limbo.
Interferencias
El próximo miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte, bajo la ponencia del Ministro Gutiérrez Ortiz Mena, se prevé discutir el recurso de reclamación 65/2020 en contra de la negativa a conceder la suspensión en la controversia constitucional interpuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del Decreto de Tiempo Fiscal, se resalta que es correcto que se haya negado la suspensión al INE por tratarse de una norma de carácter general y que en nada le afecta, ya que no es titular de los tiempos sino sólo administrador. Y en efecto, el fondo está en otro lado, el Pleno decidirá.