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¿Doble ventanilla?

Federico González Luna Bueno/ El Financiero

Dentro del paquete de reformas fiscales recibido en días pasados por la Cámara de Diputados se contienen diversas previsiones en materia de telecomunicaciones, referidas al uso del espectro radioeléctrico. Se trata de propuestas importantes que deben ser analizadas detenidamente.

Sobresale el caso de la banda de 700 MHz, que como se ha mencionado, se trata de un conjunto de frecuencias del espectro radioeléctrico que el Estado tiene disponibles casi en su totalidad, y que a nivel mundial están consideradas como las más valiosas en el futuro próximo en razón de que a través de ellas podrán prestarse servicios móviles de banda ancha de cuarta generación (4G).

 Cabe decir que en servicios de banda ancha móvil, México muestra un retraso preocupante y a la fecha está en los últimos lugares de la OCDE en cuanto penetración, e incluso en América Latina nos encontramos en los últimos lugares, por debajo de países como Chile, Brasil, Colombia, Uruguay, Argentina o Perú. Nuestra tasa de penetración es de apenas del 14.4 por ciento, de acuerdo con la Cofetel (el promedio de la OCDE es del 58 por ciento).

 La reforma constitucional en materia de telecomunicaciones no fue omisa en este tema; por el contrario entró de lleno en él a través de una regulación novedosa que no ha dejado de sorprender en México y en el extranjero, ya que en vez de considerar su concesionamiento a particulares para que éstos prestaran servicios a los usuarios finales a un marco de competencia, optó por reservar esta banda de poco más de 100  MHz para uso de una red de transporte que prestará servicios únicamente a operadores y comercializadores de telecomunicaciones.

 Prevé la reforma constitucional en su artículo 16o. transitorio, que este esquema se desarrollará a través de una red compartida que podrá ser desplegada por el Estado o por los particulares, o incluso con recursos mixtos, provenientes tanto del sector público como del privado.

 Estimaciones conservadoras, una de ellas formulada por el propio subsecretario de Comunicaciones de la SCT, consideran que únicamente la instalación de la red en la banda de 700 MHz tendrá un costo de capital del orden de los 12 mil millones de dólares, más gastos de operación.

 Uno de los conceptos más importantes de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones (artículo 28 constitucional) estriba en dotar al nuevo órgano regulador, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), de prácticamente todas las atribuciones en la materia, con lo que su buscó romper con la perniciosa doble ventanilla que durante años funcionó (?) entre la SCT y la Cofetel. Entre otras atribuciones del Ifetel se encuentra precisamente el determinar las contraprestaciones que deberán pagarse por el uso del espectro radioeléctrico, incluyendo la banda de 700 MHz.

Aquí es donde entra la iniciativa fiscal, específicamente el artículo 244-H de la Ley Federal de Derechos (LFD), que contempla que por el uso de la banda de 700 MHz deberán pagarse cada año al fisco federal 11 mil millones de pesos, independientemente de los derechos que en su momento fije el Ifetel. La iniciativa podemos verla a través de múltiples ángulos, señalemos tres:

La propuesta indudablemente da transparencia al uso del espectro pues, de aprobarse, se despeja cualquier duda acerca de si el concesionamiento de esta banda se haría a título gratuito, como aparentemente lo habían considerado algunos promotores del esquema de uso de la propia banda.

El monto a pagar por concepto de derechos parece muy alto, sobre todo si consideramos el aprovechamiento que en su momento podría exigir el Ifetel por el concesionamiento de la banda, así como otros gastos de capital y operación, todo lo cual al final tendría que ser cubierto por los usuarios.

Foto: http://www.freedigitalphotos.net

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