Un lugar común en la literatura económica y regulatoria se refiere a los fines que resultan de promover o asegurar la competencia efectiva tanto para consumidores como para proveedores de bienes o servicios.
Importante no confundir los medios con los fines. Sigo aquí.
En primer lugar, destaca la materialización de menores precios para los usuarios finales. En condiciones de competencia, los oferentes buscan ofrecer sus productos al mejor precio para asegurar la atracción de consumidores y, consecuentemente, aumentar su participación de mercado. En términos generales, ello se traduce en el incentivo de reducir los precios para estimular la compra de sus bienes y servicios ofrecidos.
En segundo lugar, la competencia efectiva se traduce en mejor calidad e impulso a la innovación. Uno de los postulados más aceptados en torno a la política de promoción a la competencia es que su consecución deriva en la producción de bienes y servicios en condiciones óptimas. Lo que implica que los oferentes aplican sus mejores insumos, técnicas y estrategias de producción, distribución y publicidad, para mantenerse en el mercado, destacar entre las preferencias de los consumidores y con ello, nuevamente, alcanzar una mayor cuota en el mercado.
Otro elemento relevante que resulta de alcanzar la competencia efectiva, es la promoción o la materialización de incentivos a la inversión. Con un mercado más competido las empresas oferentes buscan distinguir sus productos del resto, por lo que existen las condiciones para la inversión y desarrollo de mejores bienes y servicios para los consumidores.
Otro efecto o fin adicional consiste en la posibilidad de que nuevos competidores incursionen en el mercado, incluso oferentes que compiten en el mercado global, lo que finalmente deriva en el empoderamiento de los consumidores, tal que contarían con una oferta diversa de opciones en las mejores condiciones.
En el caso en el que se haya concretado alguno de los fines anteriores, no se sigue entonces que un mercado se encuentra en competencia efectiva. Por ejemplo, estar en presencia de una tendencia a la baja en precios de un bien o servicio no necesariamente se deriva del impulso competitivo existente entre los oferentes. Podría, en su caso, deberse a una reducción de precios en la provisión del producto consecuencia del avance tecnológico, o en otro escenario, resultar de un control o fijación de precios o tarifas llevado a cabo por el órgano regulador de la competencia en ese mercado; o una combinación de ambos factores.
En el mercado de telecomunicaciones de México, si bien es cierto que se han reducido los precios de diversos servicios provistos en periodos recientes, no significa que ya hayamos entrado a cabalidad a un entorno de competencia efectiva en el que los competidores se encuentran en condiciones similares de mercado. Más bien se trata de una tendencia de disminución de precios que resulta del avance tecnológico y su consecuente eficiencia en costos, así como de los primeros efectos de la asimetría regulatoria impuesta por el órgano regulador.
Comúnmente, se puede llegar a confundir fines y medios. Uno de los medios para alcanzar el fin de contar con menores precios de los servicios de telecomunicaciones es, precisamente, la gestación de competencia efectiva. Ante los escasos avances en esta materia, a poco más de tres años de la reforma constitucional en telecomunicaciones, esta reducción de precios en el corto plazo no puede ni debe atribuirse en su totalidad al impulso competitivo entre oferentes.
Resulta fundamental que el órgano regulador no confunda fines y medios, puesto que podría resultar en desafortunadas decisiones de política regulatoria que menguarían el bienestar del consumidor en este mercado de las telecomunicaciones.