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Error de magnitud internacional

Javier Tejado.

Reforma

La iniciativa de reforma en telecomunicaciones, preparada por el consejo rector del Pacto por México, pasó por muchas modificaciones: en la Cámara de Diputados tuvo 39 y en el Senado 29. Estos demuestran que la iniciativa se presentó sin cuidar temas relevantes. La mayoría de los cambios hechos en el Congreso son para bien, pues mejoran definiciones y brindan mayor seguridad a reguladores y regulados. Seguramente, el Congreso, de no haber estado presionado en tiempos, habría continuado haciendo mejoras. Pero las prisas y el poco tiempo de revisión traen consecuencias. En este caso, resulta que los dictámenes que los legisladores votaron contienen diferencias. En concreto, la junta directiva de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados presentó, el 21 de marzo a las 20:30 horas, un Dictamen que establecía, en el artículo 6to constitucional, que el Estado mexicano garantizará que en la radio y la televisión el servicio se preste preservando la pluralidad y la veracidad de la información . Redacción propuesta originalmente por el consejo rector del Pacto por México y que se reflejó en una primera Gaceta Parlamentaria el equivalente al Diario Oficial de los diputados que se circuló previo al inicio de la votación. No es menor que en la Constitución se plasme que el Gobierno va a garantizar que toda la información de la radio y la televisión será veraz. Pues para serlo deberán de calificar qué es y qué no es cierto, lo que genera el enorme riesgo de censurar la información y sólo ser válida aquella avalada a juicio de la autoridad. Quizás alertados por el riesgo que conlleva la posible censura de toda la radio y la televisión, la directiva de la Comisión de Puntos Constitucionales hacia la medianoche del mismo jueves 21 de marzo puso en las pantallas electrónicas de los diputados un nuevo dictamen, en una segunda Gaceta Parlamentaria, a la que ahora denominaron Anexo IX. En esta, en su página dos, se eliminó la palabra veracidad del texto constitucional. El cambio nunca se reflejó en el debate que se llevó a cabo en tribuna, pero fue lo que los diputados votaron y enviaron al Senado. De manera extraoficial se comenta que estos cambios fueron solicitados por la bancada perredista en la Cámara de Diputados. Dentro del proceso de revisión que siguió, ahora en e Senado, os documentos elaborados en Comisiones reflejan la confusión que les ocasionó el que en la Cámara de Diputados existieran dos Gacetas Parlamentarias, lo que equivale a dos versiones distintas, para una misma reforma de telecomunicaciones. Tan es así que en un cuadro comparativo donde los senadores muestran los cambios que ellos proponen no aparecen las palabras veracidad de la información (pág. 366), pero unas páginas más adelante, (en la pág. 418) donde sólo viene el articulado, sí aparece el término que los diputados habían eliminado. Así, los diputados aprobaron un texto que dice que el Estado mexicano no se involucrará en la supervisión de los contenidos informativos de la radio y TV; pero los senadores al haber los diputados publicado dos Gacetas Parlamentarias distintas se confundieron y retomaron la versión inicial que sí contenía esa cuestionable visión estatista Qa supervisión estatal de la veracidad en la información*). Con ello, los senadores plasmaron en el texto que estaban votando una versión distinta a la que efectivamente habían votado los diputados. Sencillamente, los senadores votaron algo que los diputados nunca avalaron. El asunto no es menor, pues está por aprobarse una reforma constitucional en la que hay diferencias en o aprobado por las Cámaras del Congreso. Y las diferencias entre senadores y diputados son en un tema central para la libertad de expresión: la obligación para que el Estado juzgue y califique qué debe ser verdad y qué no lo es en radio y TV. Quizá lo más grave no sean las faltas al procedimiento legislativo, sino que el texto que está quedando plasmado pone a México en franca violación a una serie de tratados internacionales. Principalmente, la Declaración de Principios Sobre Libertad de Expresión, de la OEA, en donde se establece que Condicionamientos previos, tales como veracidad, oportunidad o imparcialidad por parte de los Estados son incompatibles con el derecho a la libertad de expresión reconocido en los instrumentos internacionales. Valdría la pena que hoy que el Senado va a hacer ajustes a la Minuta de telecomunicaciones corrija lo que parecería ser solamente un error al pasar de diputados a senadores el texto aprobado. Un error serio, pero al final de cuentas un error. De quedar en la Constitución la obligación de que el Estado decida qué es verdad en la radiodifusión, cualquier persona podría llevar a juicio al Estado, y ganarle, por violaciones fundamentales en derechos humanos. Además, nos ocasionará un fallo adverso por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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