Tal como ya ha sido ampliamente comentado, el pasado 27 de febrero, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió las resoluciones por las que se impusieron las medidas asimétricas a los agentes económicos preponderantes de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, después de haber hecho la evaluación de la efectividad de las medidas que esa misma autoridad determinó imponer a ambos agentes en marzo del 2014.
Ahora bien, lo anterior lo traigo a colación porque en el ambiente del sector telecomunicaciones hay una transacción que involucra un apetitoso segmento del espectro radioeléctrico de nuestro país que son las frecuencias que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes permitió que los originales concesionarios de esa banda pudieran conservar 60 MHz del total de los 190 MHz que conforman ese segmento del espectro radioeléctrico. Me refiero desde luego a la operación por la que América Móvil adquirió, sujeto a aprobación del IFT, los 60 MHz que mantenían en concesión MVS y otro grupo de concesionarios, anunciada en principio en noviembre pasado y que se habría concretado con los concesionarios más pequeños semanas después.
Lo menciono porque se trata de una operación que alterará de manera significativa la capacidad del operador más grande, por mucho, en el segmento móvil, para suministrar servicios de banda ancha móvil en nuestro país, principalmente en las concentraciones urbanas, pero que además le otorgará una ventaja no menor sobre el resto de los operadores. Se trata pues de una operación que puede tener efectos adversos sobre la competencia y la libre concurrencia en el sector telecomunicaciones. Estos últimos son dos conceptos clave que, conforme a la reforma constitucional, deben guiar al IFT en la imposición de las medidas que sean necesarias para evitar que se afecten ambos principios.
Pues bien, parece mentira que en el análisis de las nuevas medidas a imponer a América Móvil al IFT se le haya olvidado voltear a ver el elefante que estaba ahí dentro de la sala donde sesiona el pleno de ese órgano regulador. Es verdad que no tiene nada que ver con las medidas que se le impusieron en el 2014, pero si tiene que ver con la posibilidad de que este agente económico afecte la competencia en el sector hacia delante.
Preocupa, y preocupa mucho, el aparente enfoque del IFT basado en aquel principio económico que guía el liberalismo, acuñado en el siglo XVIII, conocido como laissez-faire, que en español es referido como “dejar hacer, dejar pasar”. Lo digo porque he escuchado de funcionarios del IFT lo que anticipo apunta a una aprobación de la operación entre América Móvil y otros operadores, sin mayor estudio de fondo y en consecuencia sin ningún tipo de condición. Lo que sería extremadamente grave.
Por ejemplo, he escuchado que cuestionan por qué habrían de prohibir o impedir esta transacción cuando se trata de una operación entre particulares; que por qué habría de impedirse si América Móvil ofreció más a MVS que cualquier otro posible interesado; o que ni la Constitución ni la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión les dan elementos para impedir la transacción; entre otros. En fin, son enfoques que pareciera apuntan a como si no hubiera existido la reforma constitucional y los principios que ahí se establecieron.
Primero, porque si bien en materia de telecomunicaciones no lo dice expresamente, el IFT bien puede detectar que, en el artículo octavo transitorio del decreto de reforma constitucional, el poder reformador de la Constitución consideró la figura de imponer límites a los concesionarios de radiodifusión existentes para obtener espectro adicional, lo que significa que detrás de ello había una preocupación por la competencia y la libre concurrencia.
En fin, ojalá que el IFT no renuncie a la capacidad que tiene para determinar cuánto espectro puede obtener el Preponderante, ya sea vía licitación o vía operaciones de mercado.