La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió esta semana que el Congreso de la Unión no tiene facultades para legislar en materia tarifaria de interconexión en el sector de las telecomunicaciones.
La SCJN resolvió a favor del agente económico preponderante (América Móvil) y lo amparó respecto a la mal llamada “tarifa cero” de interconexión, prevista en el artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR). Dicha ley fue una de las consecuencias de la reforma constitucional.
Los ministros le dejan al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) facultades plenas, como órgano constitucional autónomo, para resolver respecto a las tarifas de interconexión que se deberán observar en el mercado, tanto para el agente preponderante como para el resto de los operadores.
Cabe señalar que las tarifas que defina el IFT estarán vigentes a partir de enero de 2018 y no habrá un efecto retroactivo a la fecha de entrada en vigor de la LFTR. Es decir, los ministros decidieron una especie de borrón y cuenta nueva para el pago de la interconexión entre operadores y el preponderante.
Con este palo al Congreso, la Suprema Corte inhibe cualquier esfuerzo legislativo para promover de origen un entorno de competencia en el mercado de las telecomunicaciones mexicanas en materia tarifaria. Las Cámaras de Diputados y de Senadores ven trunca cualquier posibilidad de fijar criterios que pudiesen fomentar una mayor apertura a la competencia.
Lo más curioso del caso es que fue el propio Congreso el que le dio vida al hoy regulador de las telecomunicaciones (IFT), y fijó sus facultades en la LFTR. Pues ahora resulta que, por decisión de la SCJN, las facultades que el Congreso le otorgó al IFT son mayores a las de su creador. Paradójico, ¿no?
Ahora bien, más allá de la inconstitucionalidad del Congreso para legislar precios de interconexión, la eliminación de la tarifa cero vendrá a modificar sustancialmente los planes de inversión y de negocios de los operadores, que son competencia del agente preponderante. Vaya usted a saber ahora qué determine el IFT al respecto.
Y si algo destruye un ambiente de competencia es la inseguridad jurídica: el cambio de reglas a la mitad del camino. Enhorabuena por el agente preponderante que seguramente a partir de enero volverá a cobrar por la terminación de llamadas en su red. Mal momento para todos los demás. Para toda la incipiente competencia que nada más no logra despuntar, y que con esta determinación parecería que menos.
Y por supuesto, mal momento también para el Congreso de la Unión. La Suprema Corte le acaba de meter un golazo.