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Contra el usuario

Federico González Luna Bueno

El Financiero

Uno de los temas que más sorprenden a los usuarios de telefonía, particularmente a los de larga distancia, es el hecho de que ciertas llamadas se consideran de larga distancia aun cuando la distancia a la que se encuentra la población o punto de destino es aledaña o incluso se ubica dentro de la misma población de origen de la llamada. Esta situación irracional podría cambiar, por fin, en los próximos meses.

Es el caso, por ejemplo, de las llamadas que hacen los habitantes de Orizaba a Córdova, ambos en el estado de Veracruz y ambos unidos geográficamente. Otro ejemplo es el de las poblaciones de Ajalapan, Calipán, San José Axuxco y San José Tilapa, en el estado de Puebla, que por su vecindad deberían formar una sola área de servicio local, y a pesar de ello las llamadas son de larga distancia.

Estos ejemplos se repiten muchas veces en muchos estados del país; la lista es larga. El costo de este estado de cosas para la población del país es cuantioso y se estima en alrededor de 400 millones de pesos mensuales. Desde hace años la Cofetel ha venido trabajando en la solución de este problema mediante la disminución de áreas de servicio local en el país (ASL), con relativo éxito.

Actualmente existen 397 ASL. El 11 de enero de 2006 se publicó la Resolución para consolidar diversas ASL, a fin de que únicamente existieran 184 (la Resolución de 2006), lo que significaba que más de la mitad de las ASL del país dejarían de existir, y en consecuencia las llamadas entre miles de poblaciones dejarían de ser larga distancia y pasarían a ser llamadas locales.

La suerte que ha corrido la Resolución de 2006 es de las más extrañas (por decirlo así) que puedan encontrarse en el sector telecomunicaciones. Telmex, empresa afectada por esta Resolución, recurrió en su oportunidad a diversas instancias legales para combatirla y dejarla sin efectos. Para su mala fortuna, en el algún momento se le pasó un término para impugnar la Resolución, lo cual implicaba, prácticamente, que ya no hubiera recurso legal para impedir su entrada en vigor.

La Resolución comenzaría a regir el 1 de noviembre de 2008; sin embargo, sin explicación alguna el 31 de octubre la SCT le concedió a Telmex la suspensión de esta medida, suspensión que, para colmo, se otorgó mediante positiva ficta, es decir, fue omisa en dar algún tipo de respuesta a Telmex dentro del plazo legal, lo que trajo por consecuencia que, en automático (de acuerdo con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo) se concediera la suspensión. El costo de esta decisión crece cada día y se calcula que de entonces a la fecha el perjuicio para la población supera ya los 20 mil millones de pesos.

Ante esta incomprensible situación inició un nuevo periodo de amparos y recursos legales que poco a poco se fueron complicando, a tal grado que para junio de 2012 la Cofetel prefirió abrogar la Resolución de 2006, para así estar en condiciones de emitir una nueva resolución y evitar más y más litigios que impedirían realizar la consolidación de ASL durante varios años más.

El engorre legal y las situaciones kafkianas no han parado, pues se tiene ahora que a pesar de que la Cofetel ha solicitado el sobreseimiento de los juicios de nulidad relativos a la Resolución de 2006, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa no ha resuelto en todos los casos, lo que jurídicamente tiene detenida a la Cofetel para emitir una nueva resolución. ¿Cuánto tiempo más demorará el Tribunal en resolver el sobreseimiento?

Por lo pronto, este tema forma parte de la agenda de la Cámara de Diputados, particularmente de la Comisión de Comunicaciones, que en una primera reunión celebrada la semana anterior ha tomado conocimiento del caso. Por lo menos deberíamos esperar que en unas cuantas semanas el Tribunal Federal dé por concluido el asunto, anteponiendo ya el interés público en un asunto que está causando perjuicio a millones de usuarios de larga distancia en nuestro país.

La historia dará para mucho más.

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