1o de agosto 2012
Gerardo Soria
El Economista
La interconexión ha sido el principal elemento de discordia en el sector telecomunicaciones y el origen de miles de litigios y amparos que generan un clima constante de disputa en uno de los mercados de mayor crecimiento de la economía: la telefonía y la banda ancha que, tanto en los segmentos fijo como móvil, sigue dominado por un operador que es inflexible cuando se trata de definir las condiciones para que otros operadores se interconecten a sus redes.
Luego de meses de trabajo y de esfuerzos realizados por representantes de las empresas de telefonía y de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), se ha presentado el anteproyecto de “Convenio Marco de Interconexión” (CMI), que actualmente está en la etapa consulta pública ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) y que pretende ser la herramienta regulatoria que marque la pauta en materia de interconexión.
Esos esfuerzos -sin precedente por el hecho de que implicaron el consenso de toda la industria salvo del operador dominante- derivaron en un documento que, por un lado, contempla beneficios para el sector pero, por otro, resulta insuficiente para regular de manera eficaz los servicios de interconexión.
Faltan apenas unos días para que en la Cofemer termine la consulta pública a que se sometió el anteproyecto del CMI y vemos con preocupación las declaraciones de uno de los comisionados de la Cofetel, quien dice que no se harán modificaciones al documento para incluir la llamada desagregación del bucle local.
Este término tan técnico es un proceso regulatorio que obliga a los operadores dominantes a dar acceso a sus competidores a la infraestructura de “última milla”, es decir, al tramo de red que va de la central telefónica a los usuarios y resulta un tema fundamental que debe ser incluido en el CMI.
Se trata de una medida regulatoria indispensable para crear un ambiente de sana competencia y de desarrollo en el sector, pues elimina la obligación de los competidores de contratar el servicio de transmisión del tráfico desde centrales distantes del operador dominante hasta el usuario y permite que dicho servicio se contrate únicamente por el trayecto que corresponda desde la central más cercana hasta el destino final de los datos.
De esta manera, se reducirían los costos de operación en beneficio del crecimiento del sector de las telecomunicaciones, pues permite destinar los recursos de los operadores a inversiones que beneficien a los usuarios de las telecomunicaciones.
En la consulta pública de la Cofemer se ha expuesto ya que la omisión de establecer la desagregación del bucle local en el CMI no sólo encarece sin sentido los servicios de telecomunicaciones, sino que establece, en favor del operador dominante, el derecho de cobrar un servicio que no necesitan todos los competidores.
Además, la falta de inclusión de este proceso regulatorio en el CMI impone a los operadores la obligación de contratar un servicio que no necesitan, entorpeciendo la competencia en favor del propietario de las redes por las que circula el tráfico de datos.
Pero, más allá de estas consideraciones, la omisión de incluir la desagregación del bucle local en este anteproyecto representa una violación al artículo 43 de la Ley Federal de Telecomunicaciones que de manera expresa establece que los convenios de interconexión “deberán permitir el acceso de manera desagregada a servicios, capacidad y funciones de sus redes sobre bases de tarifas no discriminatorias”.
Estos elementos deben ser considerados por la autoridad pues, si bien el CMI contempla beneficios para el adecuado desarrollo de las telecomunicaciones en México, para que estos beneficios sean alcanzados, resulta indispensable incluir la obligación de la desagregación del bucle local.
La experiencia internacional ha dejado evidencia de que esta práctica ha facilitado la entrada a nuevos competidores, lo que se ha visto reflejado en una mejora en la velocidad, precios e innovación en los servicios de telecomunicaciones. México tiene un operador dominante que concentra 80% del mercado de telefonía fija y 70% del segmento móvil. La autoridad no puede dejar de cumplir con sus obligaciones de promover la competencia en estos rubros, y esa competencia depende de las condiciones de interconexión.