La pugna por la regulación del must carry y must offer está en sus episodios más álgidos. TV Azteca publicó un comunicado en el que acusa a la empresa Dish por no tener derechos ni permisos para tomar el contenido realizado por otros, obteniendo beneficios económicos, y sin importar los derechos autorales de la obra. Lo cierto es que Dish -de la familia Vargas- se fue por la libre e interpretó a modo el artículo octavo transitorio de la reforma constitucional que a la letra dice: “Los concesionarios de televisión restringida vía satélite, sólo deberán retransmitir obligatoriamente las señales radiodifundidas de cobertura del cincuenta por ciento o más del territorio nacional.”
Dish es un concesionario de televisión satelital. Al entrar en vigor el citado párrafo esta empresa de inmediato tomó sin aviso ni autorización alguna las señales de Televisa y TV Azteca y las incluyó en la oferta programática a sus suscriptores sin pagar un solo centavo a las radiodifusoras. Algunos especialistas incluso consideran esta acción como un robo de señales por parte de Dish. Lo que está haciendo Dish es tomar del aire la señal, así lo confesó ayer el vicepresidente de MVS, Josó Antonio Abad.
El problema es que toman la señal que las televisoras difunden en el Distrito Federal y la reproducen en el resto del país. Esto a todas luces violenta el texto constitucional que dice que la señal se debe retransmitir dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde. Además ninguna de las señales de Televisa o TV Azteca tienen cobertura en cincuenta por ciento o más del territorio nacional como lo señala la reforma constitucional.
Al parecer en esta misma semana el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) tomará una resolución al respecto de este tema. Ya no se puede esperar más y los comisionados deberán regular con estricto apego al marco legal el must carry y must offer.
También esperemos que el Ifetel haya investigado a fondo la participación de Telmex en la empresa Dish, porque la primera hace la promoción, distribución, cobranza y facturación de la segunda. Detalle importante cuando se resuelva la preponderancia de Telmex. Porque si bien hay un acuerdo comercial entre Telmex y Dish, también en el artículo octavo transitorio de la reforma constitucional se señala que: “los concesionarios de telecomunicaciones o de televisión radiodifundida que hayan sido declarados con poder sustancial en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones o radiodifusión o como agentes económicos preponderantes en los términos de este Decreto, no tendrán derecho a la regla de gratuidad de los contenidos de radiodifusión o de la retransmisión gratuita.”
Correo electrónico: [email protected]