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Pagos por uso del espectro

Roberto García Requena/ Ovaciones

El Pleno de la Cámara de Diputados decidió eliminar los artículos 244-G y 244-H de la Ley Federal de Derechos que establecían el cobro de los derechos correspondientes por el uso de las bandas de 700 megahercios y de 2.5 gigahercios. Posteriormente, el Senado incluyó un transitorio en esta ley para que el Ejecutivo federal, en coordinación con el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), le proponga al Congreso los derechos a pagar por el uso de estas bandas una vez que se defina el modelo de explotación de las mismas.

Por otro lado, las bandas de 800 megahercios, 1.7 gigahercios, y 1.9 gigahercios sí se gravaron en ley, como en años anteriores, con los respectivos derechos a pagar. Considerando la convergencia natural que se está dando en el uso del espectro y que todas estas bandas sirven para dar exactamente los mismos servicios, es de lo más disímbolo que unas sí paguen derechos y otras no lo hagan. 0 por lo menos no lo hagan hasta en tanto el Ejecutivo proponga al Congreso cuánto deben de pagar. Ya algunos se han pronunciado por la inconstitucionalidad de esta medida. Pero más allá de la razón jurídica, son muy graves las distorsiones que se están generando en el mercado con la iniquidad tributaria para bandas que son similares.

Se ha vuelto a abrir el debate respecto del valor que debe de fijarse por el uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico. La SCT también sumó a la causa al refrendar-por cierto, sin opinión del Ifetel- 60 megahercios a los concesionarios que ocupan la banda de 2.5 gigahercios. La contraprestación que deberán pagar los beneficiados por los 60 megahercios es un misterio. No es pública la metodología de cálculo que hizo la SCT, seguramente en coordinación con la Secretaría de Hacienda, para fijar el monto de la contraprestación. ¿Por qué no licitar los otros 130 megahercios que restan en esta banda y de ahí obtener un valor de mercado para los 60 megahercios que se refrendaron?

Por otro lado, está el criterio de la Suprema Corte en el sentido de que para asignar espectro a los participantes en una licitación el criterio económico-es decir, el dinero- no debe de ser el preponderante. El Ifetel habrá de construir otros criterios más subjetivos y discrecionales para asignar concesiones. ¡Qué horror!

Si realmente se quiere fomentar una competencia -como la reforma constitucional lo propone- en el mercado de las telecomunicaciones es vital eliminar todo tipo de distorsiones y discrecionalismos tributarios por el uso del espectro. Se tienen que alinear perfectamente las cargas fiscales para que existan equilibrios en el mercado. Yo no digo que no se tribute, pero que se tribute parejo.

Correo electrónico: [email protected]

Foto: http://www.freedigitalphotos.net

 

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