En consonancia con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) decidió modificar las bases para la licitación en curso, de las dos cadenas de televisión abierta con cobertura nacional. Esta acción fortalece jurídicamente el proceso al sintonizar la licitación con la legislación secundaria, aprobada recientemente. Sin embargo, el órgano regulador deberá tener cuidado en la implementación de estos cambios. Son básicamente cuatro modificaciones sustantivas a las bases:
1) Se recorre el calendario de la licitación, adelantándose el fallo para el primer trimestre de 2015, en lugar del 10 de junio de ese mismo año, originalmente previsto. Estas nuevas fechas van a apresurar todo el proceso. A este respecto sólo mencionar que no por mucho correr se vayan a tropezar.
2) Se requerirá, por parte de los interesados, presentar una oferta programática con contenidos nacionales, regionales y locales. Este tema, si bien atiende inquietudes de algunos legisladores, le imprime un sello de discrecionalidad a la licitación. ¿Cómo le va a hacer el IFT para calificar qué contenidos son mejores que otros? ¿Cuáles son los criterios? Agregar ingredientes de valoración subjetiva para escoger al ganador no abona a la transparencia. Este punto va a complicar la licitación.
3) Se expedirá un título de concesión único. Esto significa que el ganador de la licitación podrá prestar cualquier tipo de servicio de telecomunicaciones o radiodifusión que sea técnicamente factible. Esta modificación es realmente sustantiva al reconocer la convergencia tecnológica de la industria y mercados. Ahora bien, esto implica que, en reciprocidad y en fomento a la sana competencia y libre concurrencia, a los actuales concesionarios se les pueda modificar sus títulos de concesión para también prestar cualquier servicio. Salvo los preponderantes, claro.
4) Se requerirá que los participantes cuenten con opinión favorable de la Comisión Nacional de Inversión Extranjera (CNIE), en aquellos casos que se involucre inversión extranjera. Este tema tampoco será fácil de resolver. Si bien, para servicios de telecomunicaciones se permite 100 por ciento de inversión extranjera, para servicios de radiodifusión este techo se fijó en ley en 50 por ciento. Entonces, si se expiden títulos de concesión únicos en los que se podrán prestar tanto servicios de telecomunicaciones como de radiodifusión, ¿qué criterio tendrá la CNIE para otorgar la opinión favorable?
Cada tema tiene sus asegunes. Al final lo que se espera es un proceso de licitación exitoso que llegue a buen puerto. Es una licitación inédita en el caso mexicano, por lo que no será fácil lograrlo.