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Balanza

Con el inicio de agosto, ya de lleno en el segundo semestre del año, la actividad de la Suprema Corte de Justicia en torno a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión se acelera. Resulta paradójico que el futuro de una reforma constitucional que trató (cuestionablemente) de erradicar el clima litigioso, hoy en día se encuentre sujeto al resultado de procesos seguidos ante nuestro máximo tribunal.

Hace cuatro años los poderes Ejecutivo y Legislativo federales lograron lo impensable: la materialización de una amplia reforma a la Consitución federal, con el consenso de las principales fuerzas políticas, que estableció como derecho fundamental del individuo el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, empleadas en la prestación de los servicios de telecomunicaciones y radiofusión, incluyendo la “banda ancha”. De esta manera la legislación mexicana se actualizó conforme al concierto mundial para ingresar sin cortapisas a la era de la sociedad de la información.

La reforma reconoció la falta de condiciones de “competencia efectiva” en el mercado mexicano. En efecto, el proceso iniciado en 1990 con la privatización de la entonces paraestatal Teléfonos de México, que incluyó lo que hoy es Telcel, durante el cual nacieron y fenecieron tanto la Ley Federal de Telecomunicaciones como el órgano regulador conocido como Comisión Federal de Telecomunicaciones, arrojó ciertos avances. Sin embargo, después de más de dos décadas, se advirtió que el mercado mexicano de las telecomunicaciones continuaba concentrado, en buena medida, en las manos de un solo grupo empresarial, el cual, al contar con una participación de mercado superior al cincuenta por ciento del sector en su conjunto, fue declarado como “preponderante” y sujeto a normas asimétricas o específicas.

La legislación federal que siguió a las modificaciones de la Constitución federal, congruente con sus objetivos, detalló las normas aplicables al régimen de preponderancia y estableció diversas condiciones aplicables a los agentes económicos sujetos al mismo. La disposición más importante de todas consistió en prohibir a dicho agente económico, mientras mantenga su condición de preponderancia, cobrar a sus competidores por la terminación de las llamadas dirigidas a sus usuarios. De esta manera los competidores de Telmex y Telcel han podido enfrentar el avasallador poder de mercado de estos gigantes.

La medida anterior, conocida coloquialmente como “tarifa cero”, es la única medida de impacto inmediato que se ha impuesto a los agentes preponderantes, ya sea en la regulación primigenia que es la ley o bien en el ámbito administrativo, que ha significado beneficios tangibles para la población mexicana en la forma de ahorros por el precio de los servicios que consume. La revisión que lleva a cabo nuestro máximo tribunal de la “tarifa cero”, puede encaminar o descarrilar el rumbo de la reforma constitucional más presumida, y reconocida, de este sexenio.

Otro tema bajo la revisión jurisdiccional que tiene un ángulo peligroso para el mercado de las telecomunicaciones, el cual no ha sido abordado en su integridad, es el que se refiere a la aplicación de los lineamientos de los “derechos de las audiencias” a la televisión de paga. Mucho se ha hablado de las consecuencias nocivas que los excesos que esta disposición, emitida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, tendrá en el ámbito del ejercicio de las libertades de expresión e información a través de los medios masivos de comunicación electrónica radiodifundida. Lo que no se ha comentado, sin embargo, es que en el caso de la televisión de paga el exceso es absoluto: inexplicablemente el IFT pretende legislar y, cuando lo hace, sujeta indebidamente a los concesionarios de este servicio a una norma a la cual, simple y sencillamente, no pueden dar cumplimiento.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación será, en breve, el fiel de la balanza. En sus manos tendrá la decisión para continuar avanzando hacia la consecución de la competencia efectiva, si es que se mantiene el régimen de “tarifa cero” a los agentes preponderantes, así como el futuro mismo del servicio de la televisión de paga, amenazado hoy con desaparecer si la obstinación en torno a los supuestos derechos de las “audiencias” con que deben gozar sus suscriptores continúa.

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