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Grave omisión 
del Ifetel

El viernes pasado nos enteramos de las resoluciones emitidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), mediante las cuales declaró a América Móvil, Telmex, Telcel, Grupo Carso y Grupo Financiero Inbursa como agente económico preponderante en el sector telecomunicaciones, y a Grupo Televisa, filiales y subsidiarias, como agente económico preponderante en el sector radiodifusión. A ambos grupos les impuso regulaciones asimétricas muy duras, pero sin duda necesarias.

Se trata de dos valientes resoluciones que permitirán modificar sustancialmente las condiciones de competencia en ambos sectores y como tales deben ser reconocidas y apreciadas. Desde la privatización de Telmex en 1990 no hubo un solo acto de autoridad de esta trascendencia y calado. Sin embargo, varios expertos en la materia han detectado una grave omisión por parte del Ifetel: no prohibió expresamente la discriminación en precio que hace Telcel entre las llamadas dirigidas a usuarios de su propia red (on-net) y las llamadas dirigidas a usuarios de otras redes (off-net).

Esta práctica ha depredado el mercado durante años y le ha permitido a Telcel incrementar sostenidamente su participación a pesar de los esfuerzos de la competencia. El asunto parece muy técnico pero en realidad es bastante simple: si siete de cada 10 de sus conocidos son clientes de Telcel, usted elegirá ser cliente de Telcel, porque cuando menos siete de cada 10 llamadas le saldrán sustancialmente más baratas que si contrata con otra compañía. A esta práctica se le conoce como el efecto club.

Hasta hoy la situación es aun más grave, ya que las tarifas de interconexión que Telcel cobra a sus competidores pueden ser mayores al precio que cobra a sus usuarios por hacer una llamada on-net, que incluso en algunos planes puede ser de cero. Así, Telcel gana por partida doble: desangra a la competencia y atrae a más clientes.

Si bien desde las Reglas del Servicio Local de 1997 existe la obligación expresa de no discriminar en función de la red de destino de la llamada, lo cierto es que Telcel ha hecho caso omiso de esta obligación y las autoridades han sido negligentes en forzar su cumplimiento. Aun el Ifetel en su regulación de preponderancia omitió prohibir a Telcel la discriminación de precios entre las llamadas on-net y las llamadas off-net. Lo único que hizo el Ifetel fue establecer una compleja fórmula de cálculo en virtud de la cual la tarifa de interconexión que Telcel cobre a sus competidores no podrá ser superior a la tarifa promedio ponderada que cobre a sus usuarios. Así, en el mejor de los casos, los competidores pagarán la misma tarifa que pagan los usuarios de Telcel, y eso una vez que el Ifetel pueda probar cuáles son en realidad las tarifas que los usuarios pagan, después de un tortuoso procedimiento administrativo que puede dar lugar a que Telcel se ampare con éxito en contra de la resolución del Ifetel.

En opinión de la gran mayoría de los miembros del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (Idet), que me honro en presidir, lo único efectivo es prohibir de manera expresa la discriminación en función de la red de destino. Cualquier otra medida terminará siendo un simple atole con el dedo.

Debemos reconocer que el efecto club beneficia a Telcel simplemente por su altísima participación de mercado, no porque sus servicios se ofrezcan con mejor calidad o mejor precio a sus usuarios. Si Telcel quiere ofrecer precios bajos, ¡bienvenidos!, pero para todas las llamadas, no sólo para aquéllas dirigidas a sus propios clientes. Por ello es que la regulación asimétrica debe corregir esta grave distorsión del mercado.

 

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