Javier Orozco | Milenio | 4 Agosto 2015
Dentro del proceso de consultas públicas que tiene el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) se encuentra la relativa a los lineamientos generales sobre los derechos de las audiencias; al revisarla, surgen de inmediato múltiples interrogantes, sobre todo porque invade —por decir lo menos— las funciones de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) de la Secretaría de Gobernación.
¿Es válido que el pleno del Ifetel apruebe una regulación donde se contengan atribuciones de RTC y hasta le señale por qué debe sancionar? No se trata de amarrar navajas, sólo de señalar una extralimitación por parte del órgano autónomo.
Desde la reforma en el sector, siempre estuvo la discusión acerca de que RTC desapareciera y todo quedara en manos del nuevo organismo constitucional, pero por experiencia, marco internacional y otras disposiciones, el Legislativo decidió mantener a RTC como el órgano regulador de contenidos y administrador de los tiempos gratuitos (estado y fiscal).
Al Ifetel no le queda claro que los lineamientos citados deben ceñirse a dos aspectos: fijar las directrices de los códigos de ética con respeto a la libertad de expresión, y asentar las obligaciones mínimas de los defensores de las audiencias.
Inmiscuirse en el ámbito de competencia de otro poder sólo puede entenderse como un descuido o como un acto de mala fe de parte del Ifetel; así que, o rectifica en la versión final o enfrentará litigios, a reserva de comentar otros detalles contra la libertad de expresión.
De inicio, el Ifetel quiere marcarle el paso a RTC