Javier Orozco | Milenio | 22 Junio 2015
Aunque la sala regional especializada del Tribunal Electoral diga que estudió el libro de los maestros Vicente Leñero y Carlos Marín, Manual de periodismo, para resolver las dudas de las coberturas informativas de Tv Azteca, el hecho de sancionar a la televisora por una frase final de su reportero se llama censura.
Al margen del contorno político, y que esos reportajes y notas periodísticas eran sobre el PVEM, no es aceptable que la labor de un reportero sea sancionada, porque “se inobservó el modelo de comunicación política, puesto que es un posicionamiento que se apartó de la objetividad propia del reportaje”.
¿Desde cuándo una autoridad decide qué es objetividad en una pieza periodística? Por más que la sala regional haga un alarde de ser respetuosa de la libertad de expresión, por medio de justificaciones y decenas de hojas, en esta ocasión, se excedió.
Y para no quedarse atrás, la sala superior del mismo tribunal revocó la resolución de la sala citada en relación con las “cortinillas” con las que diversas estaciones de radio y televisión avisaban al público que habría promocionales políticos. Y aunque ya se había señalado que era apegada a la norma —al respetar los derechos de las audiencias, para diferenciar entre programación y espacios publicitarios—, ahora resulta que no es así; la sala superior dice que altera la pauta e influye en los ciudadanos para cambiar de estación y no enterarse de los mensajes políticos.
De seguir así, el día de mañana las autoridades electorales van a querer tomar la operación de las estaciones de radiodifusión.