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Antena / Cobro por segundo

Javier Orozco

Milenio

La semana pasada se aprobó en la Cámara de Diputados un dictamen que reforma el artículo 60 de la Ley de Telecomunicaciones, a través de la cual se obliga a los prestadores de servicios de telecomunicaciones, específicamente a los de telefonía celular local y de larga distancia, a incluir en sus ofertas comerciales al público una modalidad que se base en el cobro por segundo.

Es decir, adicionalmente a aquellas que se basan en el cobro por minuto, por evento, por capacidad o cualquier otra modalidad, se establece la obligación de que se ponga a disposición del cliente una tarifa o plan que se encuentren basados en el tiempo real de consumo, tomando como unidad de medida el segundo.

Lo anterior se generó por la inconformidad de la sociedad en general ante el llamado “redondeo”, a través del cual basta que el usuario haga la llamada para que la empresa que presta el servicio cobre el minuto completo.

De ser aprobada por el pleno de los Diputados y tras los trámites correspondientes, se convertirá en disposición vigente que permitirá fomentar la capacidad de elección de los usuarios, quienes podrán decidir además de otros criterios de calidad y precio, ver la medición y cobro que mejor se acomode a sus necesidades.

Interferencias

Así como existen avances en el Congreso, también se observan retrocesos, resulta que el diputado Carlos Morales del PRD, presentó una iniciativa para modificar la Ley de Cámaras Empresariales, limitando de un plumazo el carácter de órganos de consulta y colaboración del Estado de este tipo de organismos.

Por lo visto desconoce que el Poder Judicial a través del Tribunal Electoral, como de juzgados de distrito en materia administrativa, han confirmado y reconocido la importancia de que las cámaras empresariales coadyuven con el Estado.

Tal dispositivo legal no es obra de la casualidad. Por el contrario, fue objeto de discusión expresa en ambas cámaras legislativas. Incluso, la propia exposición de motivos de la iniciativa original (2004) destaca la importancia de tal objeto propio de las Cámaras y sus Confederaciones. Ver para creer.

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