La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó un decreto por el cual se reforma el artículo 230 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y entrará en vigor a partir de mañana.
En el documento dado a conocer hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia señala que con dicho cambio se establece que las estaciones radiodifusoras podrán hacer uso de cualquiera de las leguas nacionales en sus transmisiones.
Ello, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
En tanto, las concesiones de uso social indígena podrán hacer uso de la lengua del pueblo originario que corresponda.
Antes del cambio, el artículo 230 de dicha ley establecía que en sus transmisiones, las estaciones radiodifusoras de los concesionarios debían usar el idioma nacional.
Y en caso de que las transmisiones fueran en idioma extranjero debían utilizar subtítulos o la traducción respectiva al español.
Asimismo, en casos excepcionales, la Secretaría de Gobernación autorizaba el uso de idiomas extranjeros sin subtitulaje o traducción de conformidad con las disposiciones reglamentarias.