El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó que a la primera quincena de junio, el índice de precios de comunicaciones se redujo 2.8 por ciento, en contraste con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) que registró tasa de crecimiento de 6.3 por ciento.
La telefonía móvil se ubicó en el cuarto lugar de los servicios con la mayor disminución de precios al comparar la primera quincena de junio 2016 con el mismo periodo de 2017, con baja de 7 por ciento.
El organismo regulador aseguró que la reducción de precios se debe a las condiciones de competencia que existen entre Telcel, Movistar, AT&T y los nuevos operadores móviles virtuales, entre los cuales destaca la entrada al mercado de Maxcom, Flash Mobile y Megatel, en la segunda mitad de 2016.
En contraste, los servicios de Internet y televisión de paga se encarecieron entre 0.5 y 4.5 por ciento, respectivamente, debido al incremento de velocidades anunciadas por los operadores, así como al aumento en el tipo de cambio, lo que impacta directamente el costo de los contenidos de televisión restringida.
Es importante resaltar que de los 283 productos genéricos que se incluyen en la canasta del INPC, el precio de los servicios de telefonía móvil se ubicó en el cuarto lugar de los que más bajaron de la primera quincena de junio de 2016 a la primera quincena de junio de 2017, sólo por debajo de la naranja, el tomate verde y la cebolla
, resaltó el organismo regulador.
Detalló que los precios de telefonía fija también mostró una reducción de 0.6 por ciento, y los de larga distancia internacional se mostraron sin movimiento.
Los productos que mostraron mayor encarecimiento fueron el transporte, con 13 por ciento; alimentos y bebidas no alcohólicas, 7.7; restaurantes y hoteles, 6.1.
Deslinde de responsabilidades
En caso de fallas en el servicio de telefonía móvil, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) está legitimada para demandar la reparación del daño a nombre de los usuarios, y serán las empresas las encargadas de asumir la carga de la prueba
para deslindar responsabilidades, estipuló la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al dar la razón a más de 20 millones de usuarios que demandan ser indemnizados por fallas en el servicio.
Al resolver ayer una acción de grupo (demanda colectiva)
, presentada por la Profeco en representación de los consumidores, la sala definió ayer diversos criterios a favor de los consumidores y rechazó la pretensión de las empresas Baja Celular Mexicana, Movitel del Noroeste, Telefonía Celular del Norte, Celular de Telefonía y Pegaso Telecomunicaciones de Sistemas que exigían a los consumidores comprobar la afectación del servicio ocurrido en 2010.
Las telefónicas pretendían también que la Corte las eximiera del pago por el tiempo que los usuarios no disfrutaron del servicio contratado, a pesar de que había sido totalmente pagado por el consumidor.