Adrián Arias | La Crónica de Hoy | 12 Agosto 2015
La empresa de televisión de paga por satélite Dish perdió un litigio contra la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y deberá eliminar de sus contratos de adhesión cláusulas abusivas que afectan el interés de los consumidores, como la posibilidad de que cambie sus tarifas sin previo aviso a los usuarios, entre otras, informó la procuraduría.
Esta decisión legal fue resultado de un juicio de nulidad promovido por la Profeco en 2011, en contra de la firma propiedad de Joaquín Vargas Guajardo. Así, el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal determinó que dicha empresa debe eliminar del contrato las siguientes declaraciones: La obligación solidaria de quien recibe el equipo, aunque no sea el contratante, a cubrir todas las obligaciones que se deriven del contrato, y a contratar el servicio por paquetes que Dish disponga, aunque no sean los canales que los usuarios elijan.
De igual forma, el juez determinó la invalidez de las siguientes cláusulas: El pago de los paquetes impuestos por Dish, aunque no sea a satisfacción de las y los consumidores. La modificación unilateral de la compañía para cambiar tarifas sin previo aviso. La obligación del usuario a pagar por la renta del decodificador y no modificar el contrato de manera unilateral por el sólo hecho de que el suscriptor siga gozando del servicio que le ofrece Dish.
De la misma manera, se eliminó para el suscriptor la responsabilidad de daños que pudieran ocasionarse por no contar con tierra física para conectar los decodificadores y evitar descargas.