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Octubre, límite de Telmex-AMX: IFT

Claudia Juárez Escalona | El Economista | 11 de Septiembre 2015
El regulador estableció hasta el 30 del décimo mes del 2015 para que presenten sus propuestas de cambio en la oferta de referencia.

América Móvil (AMX) y Telmex deberán presentar nuevamente al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) las propuestas de oferta de referencia con las modificaciones solicitadas a más tardar el 30 de octubre próximo.

En tanto, Telefónica pidió al IFT que exija a Telcel hacerse responsable por el retraso y/o no cumplimiento de las obligaciones a su cargo en la prestación de servicios de arrendamiento, que existan parámetros e indicadores de calidad, así como penas convencionales que permitan la correcta prestación de los servicios.

Además, como se ha mencionado, existen a lo largo del convenio diferentes penas y responsabilidades para los concesionarios por el cumplimiento de sus obligaciones, por lo que para que los servicios puedan ser prestados correctamente deben existir obligaciones y parámetros a cumplir por Telcel.

En cuanto a la oferta de referencia para la prestación de servicios de acceso y uso compartido de infraestructura pasiva Telcel, en el último párrafo de dicha cláusula, se menciona que “Telcel devolvería las contraprestaciones pagadas por el concesionario correspondientes a los servicios que no pudieron ser prestados. En caso de que Telcel haya iniciado la prestación del servicio no habría rembolso por el mismo”.

En este sentido, el convenio establece pagos adelantados, por lo que aunque Telcel haya iniciado la prestación de los servicios, si no pudo concluir los mismos, debe rembolsar al concesionario las cantidades pagadas no devengadas.

Por lo que “deben existir penas convencionales a Telcel por la no entrega de los sitios y servicios en tiempo”.

La firma española dio como referencia que Telcel indicó que no otorga garantía respecto de la legitimidad o suficiencia del título de ocupación, ni respecto de contar con las licencias, permisos y autorizaciones de las autoridades y particulares idóneas que permitan a Telcel la prestación de servicios bajo el convenio y sus anexos.

Lo anterior, dijo, debe modificarse y Telcel debe asegurarse de que cuente con las licencias y permisos suficientes para la prestación de servicios del convenio y sus anexos, de lo contrario se podrían generar barreras artificiales que dejen sin acceso al concesionario.

“Telcel no se hace responsable de retraso y/o incumplimiento de obligaciones a su cargo, es una cláusula que da la posibilidad a Telcel de no otorgar los servicios sin pena o responsabilidad alguna, la redacción da una salida que pudiere afectar sustancialmente el cumplimiento del convenio. En este sentido, Telcel sí debe hacerse responsable de las obligaciones a su cargo”, dijo.

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