David Saúl Vela | El Financiero | 6 Agosto 2015
La decisión de dos juezas abrió la posibilidad para que las autoridades de seguridad y judiciales obtengan o retengan información de todos los usuarios de telefonía móvil, hasta por 24 meses, sin orden judicial de por medio. Silvia Cerón y Rafaela Franco, ti Silvia Cerón, Jueza tulares de los dos juzgados especializados en telecomunicaciones del Poder Judicial de la Federación, resolvieron que la obligación de que los concesionarios entreguen dicha información es constitucional.
Por ello, avalaron los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, vigentes desde el 8 de agosto de 2014, y cuyo espíritu fue el de dar herramientas a la autoridad para el combate de los delitos como el El combate. El objetivo de que las autoridades en materia de seguridad puedan acceder a datos de celulares es combatir delincuencia organizada, secuestros y extorsiones. Los datos. La información a proporcionar incluye ubicación geográfica, nombre y dirección del suscriptor y detalles de las llamadas. Se quejan. La ONG Red en Defensa de los Derechos Digitales dice que es una carta abierta para espiar. Información de servicios suplementarios (incluidos el reenvío o transferencia de llamada) o servicios de mensajería o multimedia (incluidos los servicios de mensajes cortos, servicios multimedia y avanzados).
Así como datos necesarios para rastrear e identificar el origen y destino de las comunicaciones de telefonía móvil: número de destino, modalidad de líneas con contrato o plan tarifario, entre otros. Las juezas que avalaron los artículos, estimaron que ello permite a las autoridades en materia de seguridad y justicia, tener mayores elementos para realizar sus investigaciones. Dijeron que si bien puede llevar a posibles restricciones en los derechos fundamentales de los gobernados, hay un objetivo superior que es el debido desarrollo de la seguridad pública lo que sin duda implica un mayor peso.
La decisión de las juezas aún no está firme pues fue impugnada por la ONG Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), y será la Suprema Corte quien tome la última palabra. Junto con éste, se revisará otro amparo promovido por una empresa que también impugnó el artículo 190 de la citada ley. Luis Fernando García, director de la Red en Defensa de los Derechos Digitales, advirtió de la necesidad de una movilización social para impedir esta carta en blanco al gobierno para que espíe a quien quiera.