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Nextel indemnizará a clientes por cobros indebidos

Claudia Juárez | El Economista | 24 de febrero de 2016.

Nextel deberá indemnizar a más de 3 millones de usuarios por realizar cobros indebidos de servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenido diferente a los planes o paquetes ofrecidos por servicios adicionales cancelados, ajustes y cobro de tarifas sin aclaración, previo aviso y aceptación expresa de los consumidores entre el 2012 y el 2014, luego de que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) le ganó a la firma la primera demanda colectiva en materia de consumo.

La Profeco calificó como “resolución histórica” la sentencia favorable sobre la acción colectiva.

De acuerdo con el fallo del Segundo Juzgado de Distrito en Materia Federal, Nextel deberá realizar la reparación de daños cuantificables y liquidables en vía incidental ocasionados a cada consumidor perjudicado desde el 2012 hasta la conclusión del juicio; el pago de interés legal a razón de 9% anual, sobre las cantidades generadas por cobros indebidos, y cubrir una indemnización a cada consumidor afectado correspondiente a 20 por ciento.

Para ser indemnizados, los consumidores afectados deberán acreditar que durante el 2012, 2013, 2014 y hasta la conclusión del juicio tuvieron afectaciones en los servicios provistos por Nextel, así como que durante el periodo referido cubrió una cantidad de dinero por servicios que no cumplieron las condiciones, calidad, características y demás modalidades ofrecidas al público consumidor; demostrar haber pagado la totalidad del servicio y que no exista algún tipo de bonificación, entre otras.

Rafael Ochoa Morales, encargado del despacho de la Profeco, destacó que “desde que se dio inicio a las acciones colectivas en la Procuraduría, en el 2013, ésta es la primera sentencia favorable en materia de consumo, lo que marca un hecho histórico y sienta un precedente importante en la materia”.

AT&T, dueña de Nextel, reiteró su “respeto y compromiso en el cumplimiento de las normas y las leyes vigentes en todos los países en donde opera, y México no será la excepción”. Sin embargo, se reservó el derecho de no emitir comentario alguno hasta conocer el fallo final que en su momento emita la suprema corte de justicia para todos los concesionarios móviles involucrados.

Para que se dé una resolución final, el máximo tribunal deberá avalar el fallo del Segundo Juzgado de Distrito en Materia Federal.

 

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