2018-10-04
La mayoría de las conversaciones sobre el futuro de las telecomunicaciones menciona en algún momento la importancia del espectro radioeléctrico para su desarrollo. Usualmente la conversación se dirige primordialmente a una de las siguientes aristas: a) hace falta más espectro limpio entregado a los operadores para que éstos puedan continuar ofreciendo servicios innovadores a sus usuarios; b) los gobiernos están colocando costos exorbitantes a este insumo vital, en un esfuerzo contraproducente ya que atrasa la innovación, y c) en América Latina pocos países tienen una hoja de ruta para entregar espectro a los prestadores de servicio móvil.
Mientras se dan estas charlas, observamos cómo los expertos intercambian sin ningún pudor las palabras asignación, adjudicación y atribución de espectro como si las mismas fuesen sinónimos. Aparte de ser errónea esta inferencia, es bastante peligrosa pues puede llevar a la comparación de cosas completamente distintas. Sobre todo, para lo relacionado al uso de espectro radioeléctrico, pues el planeta se divide en tres regiones constituyendo las Américas la región 2. Según el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (Edición 2016) las definiciones de estos tres conceptos son:
“Atribución (de una banda de frecuencias): Inscripción en el cuadro de atribución de bandas de frecuencias, de una banda de frecuencias determinada, para que sea utilizada por uno o varios servicios de radiocomunicación terrenal o espacial o por el servicio de radioastronomía en condiciones especificadas. Este término se aplica también a la banda de frecuencias considerada”.
“Adjudicación (de una frecuencia o de un canal radioeléctrico): Inscripción de un canal determinado en un plan, adoptado por una conferencia competente, para ser utilizado por una o varias administraciones para un servicio de radiocomunicación terrenal o espacial en uno o varios países o zonas geográficas determinados y según condiciones especificadas”. “Asignación (de una frecuencia o de un canal radioeléctrico): Autorización que da una administración para que una estación radioeléctrica utilice una frecuencia o un canal radioeléctrico determinado en condiciones especificadas”.
Como se puede observar, cuando la mayoría de los expertos habla de la necesidad que existe de que una mayor cantidad de espectro sea entregado a los operadores a lo que se refieren es a la asignación de este insumo. Esta asignación se puede hacer por varios caminos que son vía subasta, concurso de belleza o de forma directa, también se han visto casos híbridos que combinan al menos dos de las alternativas anteriores. La atribución y la adjudicación se refieren de forma macro al uso que se le dará a los distintos segmentos del espectro sin que esto implique que el mismo haya sido entregado a los operadores del mercado o siquiera que se encuentre en condiciones de ser explotado para ofrecer el servicio al que se le ha destinado. Aquí la adjudicación toma un tono más específico, pues por medio de “un plan, adoptado por una conferencia competente” se puede determinar que un canal del espectro radioeléctrico se utilice para un servicio específico.
En otras palabras, podemos tener en América Latina y el Caribe muchos países que han adjudicado más de 900 MHz para la oferta de servicios móviles, pero que en asignación no llegan ni a la mitad de esa cantidad.De todas formas, lograr una medición armonizada del espectro radioeléctrico destinado a servicios móviles no es algo sencillo. Durante mi participación como parte del subgrupo de indicadores cuantitativos de espectro del Grupo de Expertos de la UIT en Indicadores de Telecomunicaciones y de las TIC (EGTI, por su sigla en inglés) los esfuerzos se ha centrado en definir unos parámetros coherentes que sirvan para cuantificar el progreso de los distintos gobiernos del planeta en lo relacionado a asignar espectro radioeléctrico limpio para la oferta de servicios móviles.
Por el momento, el dialogo continúa.