El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) inició una investigación por posibles prácticas monopólicas en la comercialización de servicios de telecomunicaciones en territorio nacional, provisión del servicio de internet y contenidos que se transmiten en la red, caso en donde Telmex está involucrado, de acuerdo con información del regulador.
La investigación también contempla posibles prácticas monopólicas en la adquisición, distribución y comercialización de contenidos que se transmiten en territorio nacional por internet y televisión restringida.
El 21 de marzo, Telmex presentó ante el Ifetel diversos documentos relacionados con la investigación, entre ellos se encuentra la contestación del Oficio de Probable Responsabilidad (OPR).
El OPR es un documento en donde el Instituto presenta los resultados de investigación preliminar, en la cual encuentra indicios de posibles violaciones a la ley, o prácticas monopólicas. Las empresas que son señaladas como probables responsables de esas conductas deben contestar el OPR aportando argumentos para su defensa. Esos argumentos serán tomados en cuenta cuando el regulador emita una resolución final del caso, donde puede decretar el cierre del expediente al no encontrar culpabilidad alguna o puede imponer una sanción.
América Móvil y Teléfonos del Noreste (Telnor) son otras dos empresas del mismo grupo de interés que están involucradas en la investigación.
Las prácticas que investiga el regulador son actos, contratos, convenios o procedimientos cuyo efecto sea el de desplazar indebidamente a otras empresas, impedirles sustancialmente su acceso o establecer ventajas exclusivas en favor de una o varias personas, mediante la venta sistemática de bienes o servicios a precios por debajo de su costo medio total o su venta ocasional por debajo del costo medio variable.
También estudiará si las empresas involucradas han incrementado los costos para reducir la demanda que enfrentan sus competidores. Las sanciones que enfrentaría las empresas podrían implicar multas de hasta el 10 por ciento de sus ingresos anuales, dependiendo de la gravedad de la conducta y del daño realizado al mercado.