Miriam Posada García | La Jornada | 27 Abril 2016
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) realizará una consulta sobre su anteproyecto de Lineamientos Generales para la Publicación de Información Transparente, Comparable, Adecuada y Actualizada relacionada con los Servicios de Telecomunicaciones que mandata el artículo 195 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
El objeto de estos lineamientos consiste en establecer las condiciones para que los concesionarios y los autorizados publiquen información transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre los precios y tarifas aplicables, sobre los gastos eventuales relacionados con la terminación del contrato, así como información sobre el acceso y la utilización de los servicios que prestan a los usuarios o suscriptores, debiendo publicarse dicha información de forma clara, comprensible y fácilmente accesible.
El Ifetel aseguró que con esta medida se pretende que los usuarios esten mejor informados para poder tomar una decisión acorde a sus necesidades al momento de acceder, contratar y utilizar un servicio; evitar que los usuarios accedan a información parcial, y reducir las asimetrías de la información existente.
Puntualizó que deberán de publicarse las tarifas y precios de los servicios de telecomunicaciones, así como la descripción, características, contenidos y demás información de cada servicio que se incluya. El anteproyecto contiene otras obligaciones relacionadas con la publicación de información inherente a pagos extemporáneos, intereses y gastos adicionales, en caso de resultar aplicables, así como las penas convencionales, pagos o devoluciones de equipos terminales, costos y devoluciones de fianzas, entre otros.
También se establece la obligación de publicar las unidades de medida que se utilizan para cuantificar el consumo y sus equivalencias, lo cual facilitará la comparación de los servicios que ofrecen los concesionarios y autorizados. Los concesionarios y autorizados que presten el servicio de transmisión bidireccional de datos o acceso a Internet, deberán publicar las velocidades promedio de trasferencia de datos, para que los usuarios conozcan no sólo las velocidades mínimas o máximas que se ofertan.
El Ifetel detalló que el acuerdo incluye obligaciones a cargo de los concesionarios y autorizados relacionadas con la información que se debe de publicar para contratar, cancelar los servicios, días y horarios de instalación; lugares, días y horarios de atención al público, y canales de atención a quejas.
Destacó que una de las obligaciones más importantes de este anteproyecto es la relacionada con los servicios prestados por terceros a través de una red pública de telecomunicaciones.
Entre la información que deberán publicar los concesionarios y autorizados que permitan la comercialización de estos servicios, se encuentra la relacionada con los procedimientos de contratación, facturación y cancelación de estos servicios, así como los domicilios y teléfonos de atención a usuarios que tengan disponibles las empresas terceras.