En entrevista Gerardo Soria, presidente Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones, informó que hoy la SCJN revisa la tarifa de interconexión cero en el sector de Telecomunicaciones. Dijo se podría declarar inconstitucional el artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, por argumentos básicos señalados por América Móvil, en donde se está comentando que el Congreso de la Unión no tiene la especialización suficiente para determinar tarifas de interconexión, y por esta razón la atribución exclusiva para determinar tarifas de interconexión la tiene el Ifetel. Indicó que la obligación de no cobrar por terminar llamadas en las redes de América Móvil no es una tarifa de interconexión, es una de las obligaciones asimétricas establecidas en la ley para el agente preponderante, que es aquel que tenga más del 50% del sector, y tiene la misma naturaleza jurídica que la obligación que existe para todos los operadores de no cobrar por la larga distancia nacional. A: Carlos Slim.