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Dan 20 días a AMX para modificar ofertas

Adrián Arias | La Crónica de Hoy | 12 Octubre 2015

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) dio un plazo de 20 días para que América Móvil modifique sus ofertas de referencia, es decir, los documentos mediante los cuales establece las condiciones para permitir que sus competidores utilicen su infraestructura, como resultado de las medidas de preponderancia impuestas a la empresa, informó el regulador.

El pleno del Ifetel solicitó a la empresa preponderante en telecomunicaciones la modificación de los términos y condiciones de las propuestas de Oferta de Referencia de desagregación efectiva de la red local de Teléfonos de México y de Teléfonos del Noroeste.

El objetivo de que Telmex y Telnor modifiquen sus ofertas, presentadas el 1 de septiembre pasado, se basa en la necesidad de que las armonicen con lo establecido en las Medidas de Desagregación y en consecuencia se promueva una mayor competencia.

A través del requerimiento, el Instituto busca que las condiciones en las que el preponderante proporcione los servicios materia de la Oferta de Referencia permitan a los concesionarios solicitantes replicar los servicios minoristas que reciban en condiciones competitivas, principio básico adoptado por el pleno del Ifetel en la determinación de las Medidas de Preponderancia.

Una vez notificada la resolución del Ifetel, América Móvil contará con 20 días hábiles para presentar al Instituto una nueva propuesta de Oferta de Referencia que atienda el requerimiento. A partir de ello el Ifetel tendrá con 20 días hábiles adicionales para resolver en definitiva.

“Con esta resolución, el pleno del Instituto continúa avanzando en la instrumentación de medidas para crear más condiciones de competencia que se traduzcan en beneficios para los usuarios”, indicó el regulador.

La solicitud de modificación es resultado de las peticiones de la industria, pues empresas como Telefónica, han denunciado que las Ofertas de Referencia propuesta por América Móvil contienen cláusulas que no cumplen con la esencia de las obligaciones de preponderancia.

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