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Buenos resultados de Televisa al primer trimestre

vía La Razón

En la emisión de reportes de resultados que hacen las empresas cada trimestre, destaca el caso de Grupo Televisa que reportó en el 1T22 ventas por 18,609 mdp, cifra 3.3 por ciento superior, comparada al mismo periodo del 2021.

El incremento es atribuible al desempeño de los segmentos de cable y otros negocios. Cabe destacar también que la utilidad en este periodo ascendió a 52,856 mdp, esto con relación a la operación de Televisa/Univision, que como se recordará se formalizó el pasado 31 de enero.

Asimismo, las ventas netas en cable aumentaron en 1.1% a 11,804 mdp, lo que representa el 63% de los ingresos de la empresa. Es llamativo, además, que, en este lapso, la compañía invirtió aproximadamente 228.6 millones de dólares en propiedades, planta y equipo como inversiones de capital. Y anticipa inversiones de capital por 867 millones de dólares para este año.

Sin duda, el segmento de cable continúa teniendo una tendencia ascendente para la empresa, a grado tal que Credit Suisse, en su análisis tras la presentación del reporte, destaca no solo su fortaleza, sino que este comportamiento se mantendrá en los próximos meses.

En otro tema. El pasado lunes en sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los 11 ministros por unanimidad declararon como inconstitucional las reformas a la Ley de Telecomunicaciones impulsadas por Morena y aprobadas por ambas cámaras del Congreso el año pasado.

El tema central, se argumentó en su momento, era la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, con el propósito de combatir la delincuencia y particularmente las llamadas de extorsión.

Desde aquel momento, especialistas, reguladores del gobierno, como el Instituto Federal de Telecomunicaciones, y el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información alertaron sobre los graves problemas de esta propuesta, así como de su inconstitucionalidad.

El Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (Idet) habría comentado “que ante la omisión de inscribirse en el registro que debía crear el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la consecuencia prevista en esa reforma era la cancelación permanente de la línea telefónica del usuario en cuestión, lo que sin lugar a dudas era contrario a lo previsto en el artículo 6° Constitucional que garantiza a todos los habitantes del territorio nacional el acceso a las tecnologías de la comunicación libre y sin injerencias arbitrarias.

Asimismo, el Idet señaló desde el primer momento que la reforma había pasado por alto que cerca del 83 por ciento de los usuarios de telefonía móvil de nuestro país están en la modalidad de prepago, lo que en sí mismo significaba un problema porque los usuarios de esa modalidad no tendrían un incentivo a inscribirse en el Panaut.

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