Víctor Pavón-Villamayor | Capital México | 15 de diciembre 2015
Las condiciones de competencia efectiva en un mercado dependen críticamente de la presencia de barreras a la entrada que pudiesen restringir su grado de “contestabilidad”.
De acuerdo a la definición de McAfee en su ya clásico artículo “¿Qué es una Barrera a la Entrada?” en American Economic Review (2004), las barreras regulatorias son barreras de carácter monopólico porque: (a) son susceptibles de imponer un costo económico a una industria al inhibir la entrada de nuevos operadores y, (b) son susceptibles de reducir el bienestar social.
En materia de telecom, un área bajo la tutela del Instituto Federal de Telecomunicaciones, pueden existir barreras regulatorias importantes.
Un primer tipo de barrera regulatoria ocurre, por ejemplo, cuando una norma genera un trato discriminatorio de carácter económico en el mercado, favoreciendo a un operador respecto a terceros, como en el caso de restricciones a la entrada para desarrollar una actividad específica (Telmex) o realizar pagos extraordinarios por la obtención de licencias.
Un segundo tipo de barrera regulatoria ocurre cuando la norma genera un trato discriminatorio de carácter técnico, favoreciendo a un operador sobre terceros, a partir de su base tecnológica. Es posible identificar excepciones a esta regla. Por ejemplo, una norma no debiese imponer obligaciones homogéneas para el tendido de red independiente de su tipo, toda vez que no todas las redes son iguales y operan de manera eficiente bajo las mismas condiciones. En el caso de redes de telecomunicaciones con características tecnológicas distintas, se justificaría un trato asimétrico en materia de tendido de red. En México, requerimos más análisis respecto a la naturaleza, alcance e impacto de este tipo de barreras.