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AIR lamentó el fallo de la SCJN que ordena a medios distinguir entre información y opinión

AIR lamentó el fallo de la SCJN que ordena a medios distinguir entre información y opinión

2022.01.28

Vía Infobae

El fallo “evidencia un claro propósito intervencionista” sobre el derecho de los medios a ejercer plenamente la libertad de expresión, acusó el organismo con sede en Uruguay.

La Asociación Internacional de Radiodifusión (AIR) lamentó este jueves la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la que se ordenó a los medios de comunicación diferenciar su contenido entre lo que es informativo y opinión, con el argumentando que las concesionarias son empresas privadas con fines comerciales e intereses económicos

A través de un comunicado, el AIR acusó que el fallo judicial “evidencia un claro propósito intervencionista” sobre el derecho de los periodistas, comunicadores y medios a ejercer plenamente la libertad de expresión, de información y de opinión.

Apuntaron que la sentencia desconoce asimismo el principio de autorregulación, delegando en un organismo público estatal la competencia para imponer a medios y periodistas la “ética” a la cual deberán someter su actuación, dándole amplias facultades de contralor sobre los contenidos y la programación de la radio y la televisión.

La Sala también incurre en error al argumentar que “las audiencias cuentan con el derecho de que se distinga entre información noticiosa y opiniones, en sintonía con el derecho a recibir información imparcial, objetiva, oportuna y veraz”, se lee en el documento.

(Captura de pantalla: Twitter)(Captura de pantalla: Twitter)

“Condicionamientos previos, tales como veracidad, oportunidad o imparcialidad por parte de los Estados son incompatibles con el derecho a la libertad de expresión reconocido en los instrumentos internacionales”

Por otra parte, señalaron que la referida sentencia contribuye a incrementar el peso del control regulatorio sobre la radio y la televisión local y nacional frente a otras plataformas de comunicación plenamente desreguladas, como las redes sociales y sitios web, colocando a las emisoras de México en una situación de competencia cada vez más discriminatoria y desventajosa.

La AIR advirtió sobre el grave efecto perjudicial que podría causar este fallo sobre el ejercicio del derecho a informar y opinar libremente en México, iniciando la amenaza de un camino hacia la censura estatal y la autocensura de medios y comunicadores por el temor a la imposición de severas sanciones.

(Foto: especial)

No es el primer organismo que se pronuncia al respecto. El pasado 21 de enero, la Cámara Nacional de la Radio y Televisión (CIRT) que esta obligación es casi imposible de aplicar en la práctica, pues afectará la dinámica de trabajo de todos los medios, tanto públicos como privados, y por consecuencia, “se corre el riesgo inminente de que sean canceladas la mayor parte de los programas noticiosos y que se eliminen aquellas notas informativas en que terceros nos distinguen entre información y opinión”.

Un ejemplo de ello, indicaron, es la transmisión de los encuentros en las mañaneras del presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Es absurdo que desde el Estado se pretenda someter a la radio y la televisión a controles y sanciones burocráticas, que rompan con el flujo y el ritmo de la comunicación”

Cabe recordar que desde el 2016 diversos medios ya se habían quejado contra el establecimiento de esta orden que procedió del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

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Por ello, la CIRT aseguró que harán uso de todos los recursos legales que la ley les otorga para continuar defendiendo a las audiencias mexicanas con “contenidos de calidad, ágiles, entretenidos comprometidos con la verdad y antes que cualquier otra cosa: emitidos con total libertad sin controles del Estado”.

Finalmente, la organización que tiene afiliación con más de mil 400 programas de radio y televisión como TV Azteca, Televisa, Grupo Radio Centro y W Radio, hizo un llamado al Congreso de la Unión, al Poder Ejecutivo y a la Corte a fin de que este asunto pueda resolverse con pleno respeto a la Constitución y los tratados internacionales en la materia.

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