2021.07.30
Vía El Sol de México
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no debe perder de vista el mandato constitucional que le dio origen y sustento como órgano regulador, claramente la Reforma Constitucional de 2013 dice: “Las medidas de fomento a la competencia en televisión, radio, telefonía y servicios de datos, deberán aplicarse en todos los segmentos de forma que se garantice en su conjunto la competencia efectiva en la radiodifusión y telecomunicaciones.” (Segundo transitorio)
Por tanto, la lógica de buscar competencia sólo en ciertos mercados dando libertad tarifaria al agente económico preponderante en telecomunicaciones (AEP) rompe directamente con la Constitución, con independencia de que también trastoca la institución de la preponderancia, que llevó un gran análisis legislativo, para evitar que el AEP siguiera litigando contra el vocablo monopolio.
También hay voces que dicen que el preponderante es menos rentable porque no se le permite prestar el servicio de Tv restringida, ¿en verdad quieren que el AEP sea más rentable? O bien quieren volver a tener los mismos ingresos que tenían antes de la reforma constitucional de 2013, de acuerdo con datos del IFT en diciembre de 2013 Telmex-Telcel concentraban el 83% de los ingresos del sector, a septiembre de 2020 contaban con el 61%.
No obstante que hubo una reducción debido a las medidas asimétricas impuestas desde entonces, aún se percibe una reconcentración de un poder de mercado mayoritario, ¿imagínese qué pasará si se relajan las medidas asimétricas como la libertad tarifaria al AEP?
Debe quedar claro que el cumplimiento de la Constitución y de las leyes no puede darse con estimaciones o interpretaciones parciales, más cuando el mandato legal es claro, ni mucho menos, un órgano autónomo debe recibir órdenes o línea del gobierno.
En los pasillos del IFT se comenta que el 4 de agosto, será el día cero en la decisión de la libertad tarifaria. Vamos hacia la competencia o hacia atrás.
Interferencias.
Uno de los tópicos más complejos de abordar desde cualquier ámbito de estudio, es la relación gobierno-prensa. No es sólo un fenómeno de México, donde la parte central de la discusión parte de la acción y/o reacción por parte del gobierno ante la opinión de la prensa, cuando no le es favorable.
El atacar, ofender, “replicar” o según “exhibir” a los que lo critican, como se hace los miércoles en la “mañanera” es una acción autoritaria, que no debe ocurrir, ya que el Estado esta para garantizar las libertades constitucionales (expresión y prensa).
La Primera Sala de la Corte en el amparo directo en revisión 2044/2008, explicó que “los medios de comunicación de masas juegan un papel esencial para el despliegue de la función colectiva de la libertad de expresión”, ya que se “cuentan entre los forjadores básicos de la opinión pública en las democracias actuales”, razón por la cual “es indispensable tengan aseguradas las condiciones para albergar las más diversas informaciones y opiniones”. Más claro ni el agua.