2021.02.10
Senado ya está impedido de nombrar las 2 comisionadas del IfeTel
• El pasado 6 de febrero expiró el plazo constitucional para designarlas
• El 7 de enero el presidente de la República entregó su propuesta a la Comisión
Permanente del Congreso
• Deberá mandar 2 nuevas propuestas, de entre las listas de candidatas que le entregó el
Comité de Evaluación
HOY en TELECOM le da la EXCLUSIVA que ya venció el plazo para que la Cámara de Senadores nombrara a las 2 nuevas comisionadas del IfeTel, sobre la lista que recibió el ejecutivo Federal.
Dado que la propuesta del presidente de la República a la Comisión Permanente del Congreso fue entregada el pasado 7 de enero, ahora el Senado está impedido para nombrar a las candidatas propuestas por el Ejecutivo Federal.
En consecuencia, el Presidente de la República tendría que mandar nuevas propuestas, de entre las listas de candidatas que le entregó el Comité de Evaluación.
Como usted recordará, como suscriptor de HOY en TELECOM, el pasado jueves 7 de enero le dimos la EXCLUSIVA de que Adriana Koike Quintanar y Elizabeth González eran las propuestas de Andrés Manuel López Obrador para desempeñarse como comisionadas del IfeTel.
Sayuri Adriana Koike Quintanar, directora General Adjunta de Mercados de Hidrocarburos en la CRE, estaba propuesta para un período de 9 años, contados a partir del 1 de marzo de 2020.
Laura Elizabeth González Sánchez, directora de Condiciones de Mercado en el IfeTel, para un período de 9 años, contados a partir del 1 de marzo de 2021.
El Senado ya incumplió el plazo constitucional El Artículo 28 de la Constitución ordena:
“[…] la ratificación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de la presentación de la propuesta; en los recesos, la Comisión Permanente convocará desde luego al Senado. En caso de que la Cámara de Senadores rechace al candidato propuesto por el Ejecutivo, el Presidente de la República someterá una nueva propuesta, en los términos del párrafo anterior. Este procedimiento se repetirá las veces que sea necesario si se producen nuevos rechazos hasta que sólo quede un aspirante aprobado por el Comité de Evaluación, quien será designado comisionado directamente por el Ejecutivo”.
El plazo constitucional de que disponía el Senado es improrrogable
Dado que el 7 de enero la Comisión Permanente del Congreso firmó de recibido, en la Oficialía de Partes, la propuesta del presidente de la República, el plazo expiró el pasado 6 de febrero.
El plazo constitucional de que disponía el Senado es improrrogable, por lo que resulta ilegal nombrar a las candidatas propuestas por el Presidente de la República. De hacerlo, estaría extendiendo el plazo que la Constitución le asignó para cumplir con su obligación. Si lo hiciere, estaría violando abierta y claramente la Constitución.
La propia Constitución le prohíbe ratificar las propuestas
En consecuencia, la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos impide a la Cámara de Senadores ratificar los nombramientos enviados por el Presidente de la República hace más de 1 mes.
En consecuencia, al parecer, el primer mandatario enviar nuevas propuestas de entre las listas de candidatas que le fueron entregadas por el Comité de Evaluación, según lo establece el propio Artículo 28 de la Carta Magna, que la semana pasada celebramos su aniversario.