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Hoy, “tiempos oficiales”, es un paso

2019-11-15

A diferencia de otros países, la radiodifusión en México tiene que otorgar una serie de vías gratuitas de acceso a sus frecuencias a favor del Estado, ya sea mediante los denominados “tiempos oficiales” (término en la praxis), que se compone de los “tiempos de Estado”: 30 minutos diarios en cada estación; los “tiempos fiscales”, 18 minutos diarios en TV y 35 minutos en radio, sin olvidar los tiempos para partidos políticos y autoridades electorales en época electoral: 48 minutos diarios.

Además de estos tiempos que se emplean en promocionales (spots) y una porción en programas de cinco o 10 minutos, no se puede dejar de mencionar la cadena nacional y los boletines de notoria urgencia, en los que no hay límite de tiempo.

Durante la Semana de la Industria de la Radio y Televisión, el Presidente de la República señaló que se debe analizar una reducción en los “tiempos oficiales”. Se percibió voluntad en adecuarlos, no así de desaparecerlos, bajo una justificación clave: “un gobierno democrático no necesita propaganda”. Cabe mencionar que, desde su campaña presidencial, y al asumir el poder, el primer mandatario siempre criticó el exceso de propaganda gubernamental.

Existen múltiples razones para la reducción propuesta, la industria de la radiodifusión ha expresado su crítica a los tiempos fiscales desde que surgió en el paquete económico para 1969 como una medida del gobierno de imponer una carga a esta industria por su cobertura de los hechos del 2 de octubre.

Si este último tiempo se llegara a modificar, no afectaría el equilibrio de las finanzas públicas, pues no se captan ingresos por este concepto, y no se afecta la recaudación ni la capacidad de gasto del gobierno, de tal manera que no se compromete la prestación de servicios ni la realización de obras públicas.

Los concesionarios —además de estar sujetos a las cargas fiscales normales y ordinarias de cualquier contribuyente, tanto en el ámbito federal como local— pagan derechos y aprovechamientos por el uso del espectro radioeléctrico, por lo que un impuesto adicional en especie, genera una sobrecarga tributaria.

La sobrecarga fiscal les resta competitividad, ya que las industrias de contenidos audiovisuales a través de internet no pagan impuestos, y aunque se prevé que empiecen a tributar a mediados de 2020, la balanza fiscal no queda pareja. Además, al reducirse sus márgenes, dejan de producir nuevos contenidos audiovisuales, lo que facilita el desplazamiento de la producción nacional frente a contenidos extranjeros.

El gobierno ya tiene un acceso expedito y sin obstáculos a la radiodifusión, a través de las vías legales citadas, la propia cobertura periodística sobre la actuación gubernamental y la tradicional “mañanera”, así como el uso intensivo de las redes sociales que le ofrecen inmediatez y penetración para hacer llegar su mensaje. No hay límite o pretexto para no estar informado.

Si hay voluntad se hará, pero esta industria también requiere de políticas públicas, y hasta reformas legales, estamos frente a un nuevo entorno, no sólo de contenidos, sino también de jugadores que incursionan en diferentes mercados, por lo que este ecosistema debe analizarse. Esto es un paso, se deben de dar otros.

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