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¿Qué sigue en la reforma?

Javier Orozco Gómez

Milenio

Después de dos rondas de discusión entre ambas cámaras del Congreso, finalmente mañana —si el PAN no cambia de opinión— el Senado enviará a las legislaturas de los estados la reforma constitucional en telecomunicaciones, radiodifusión y competencia.

Pero ahí no acaba todo, seguirá una serie de pasos, una vez que la mayoría de los congresos estatales ratifiquen la reforma y se proceda a su publicación.

Vendrá la o las legislaciones secundarias que en un plazo de 180 días el Congreso debe tener aprobadas; lo cual, no es una camisa de fuerza.

El artículo cuarto transitorio señala que se debe expedir un solo ordenamiento legal que regule de manera convergente el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Es aquí donde se entrará a una verdadera “batalla” jurídica, de inicio si se pretende un solo ordenamiento para telecomunicaciones y radiodifusión; podríamos decir que se tendría que elaborar un código, que es “un cuerpo de preceptos que tiene como materia toda una rama del derecho o una parte importante de ella”.

De lectura a las actuales leyes de telecomunicaciones y radiodifusión, más las futuras disposiciones constitucionales, no será fácil mezclar ambas materias en ciertos aspectos, y solo pongo dos ejemplos: los contenidos en radiodifusión y los concernientes a medios de paga; o las sanciones, no es lo mismo la capacidad económica de un operador de telecomunicaciones que la que tiene una persona con una sola estación de radio.

Quizá el camino sea la creación de dos o tres legislaciones (parte técnica y concesiones, contenidos medios públicos y estaciones sociales).

Meter todo en una sola bolsa no parece conveniente ante las diferencias y desigualdades que existen en ciertos temas aunque exista una convergencia en otros.

Seguramente los ingenieros de esta reforma, que no permitieron hacer cambios de fondo a la iniciativa, deben tener muy claro su ordenamiento convergente; quizá se basaron en los casos de Bolivia y Zimbabue, donde encontramos leyes convergentes.

Será un tema que dará mucho de qué hablar, ahora solo resta esperar.

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